Pago impuestos incineración y recogida basuras

Buenos días,
Ruego me aclare quien debe asumir el pago de los impuestos de incineración y recogida de basuras cuando en el contrato firmado pone:
Novena - servicios y suministros. La parte arrendataria, además de la renta indicada, vendrá obligada a pagar como cantidades asimiladas a la renta indicada, aquellas que se devenguen en concepto de luz, agua, gas, teléfono, así como cualquier otro suministro que utilice y sirva el arrendatario.
Gracias por su respuesta y un saludo.

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He de suponer que en la cláusula que transcribe donde dice "... y sirva el arrendatario", quiere decir "... y sirva al arrendatario".
La tasa por recogida de basura y su inceneración, no se corresponde con ningún suministro sino más bien con un impuesto que grava la vivienda.
Si como establece del art. 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos se pueden pactar entre otras cosas "impuestos" pero ese no se ha contemplado, entiendo, salvo mejor opinión, que ha de ser el dueño quien deba correr con su abono.
Ruego cierre la pregunta y valore

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