Marcharme de casa de alquiler antes de fin de contrato

Buenos días. Vivo en una casa de alquiler en Mallorca. Este año hará 4
años que vivo aquí, los contratos son de año en año de Enero a
Diciembre. A fecha de hoy, ¿habría alguna penalización si dejo la casa
antes de Diciembre? ¿Tengo que dar un plazo al propietario? Si es así,
¿cual?. En el contrato no hay ninguna clausula que especifique este
caso, solo pone que se acoge a la Ley 29/94 de 24 de Noviembre (BOE 282) de arrendamientos urbanos.

Respuesta
1

Si ha firmado un contrato de 12 meses... pues es ese el plazo del que ha de responder.

Con la Ley en la mano le pueden exigir el pago de esas 12 mensualidades.

En la práctica, lo normal es que el casero opte por una cantidad a modo de indemnización (generalmente el importe de la fianza).

Recomendación: hable con el casero y expóngale el caso, e intente llegar a una solución razonable para ambos. Pero siempre recuerde que el que "necesita" incumplir el contrato es Usted.

Suerte.

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