Hola, gracias por tu atención. Te quería preguntar una cosa: hemos comprado una casa que todavía no está finalizada, solo contamos con el contrato de compra y pensamos venderla para adquirir otra. ¿Es posible realizar la venta estando la obra sin finalizar y no contando con las escrituras de la misma?. Muchas gracias
1 Respuesta
Respuesta de rmmr
1
1
rmmr, agente inmobiliario con una antiguedad de 10 años con experiencia...
En algunos contratos, los promotores añaden alguna clausula en la que pone que se impide la cesión sin su autorización, aunque cualquiera puede vender sus derechos adquiridos por contrato y generalmente no suele haber problema. El único problema puede ser que hay que pagar impuestos por esta cesión de contrato, por lo que debes valorar si te es rentable.
Gracias por tu rápida respuesta, me gustaría plantearte una cuestión, perdona mi desconocimiento: ¿Cuáles serían los pasos a seguir para llegar a la venta?, es decir, imagino que le presentaría al comprador el contrato y sería el cambio de titularidad y subrogación a la hipoteca (que todavía no hemos empezado a pagar puesto que no nos han entregado las llaves) mediante notario, ¿es así? ¿Puedes resumirme el proceso correcto? Gracias de nuevo
Muchas gracias has sido de gran ayuda, saludos
En realidad si tu solo tienes contrato de compraventa, no hay que ir a notaria, seria con otro contrato de compraventa con cesión de derechos. Te digo como seria: 1º mira si tienes alguna clausula en tu contrato en que te impida vender antes de escriturar. 2º no estaría de más, que aunque no haya ningún impedimento, lo comentes al promotor, puesto que finalmente tendrá que escriturar en notaria con "tu cliente comprador" 3º tienes que informar al comprador que entidad bancaria tiene concedida la hipoteca para esa vivienda, para que vea si le interesa y comience a gestionar la hipoteca que necesita, bien subrogación, subrogación con ampliación, hipoteca en otra entidad distinta (no se puede obligar a ningún comprador a subrogarse a la hipoteca que constituye el promotor) etc... 4º tienes que realizar un contrato de compraventa con cesión de derechos. Este contrato no tiene más complicaciones, si no tienes nadie que te lo haga, seria copiar el contrato que tu ya tienes, en el que la parte vendedora eres tu, la parte compradora es tu cliente y en el que tienes que hacer constar que lo que vendes son tus derechos adquiridos en el contrato que realizaste en su día, con los datos de quien promueve, construye, plazos de entrega, etc...