Colcacion de ascensor u otra clase de elevación
Somos una comunidad de vecinos de 10 viviendas ( 2x5). Recientemente se nos informo que hay personas con minusvalía y que habría que poner ascensor o un elevador o silla por la barandilla de la escalera... Ahora bien.. Mirándolo bien, la única manera de colocar el ascensor seria quitando bastante zona a los pisos y haciendo un gasto impresionante... Por otro lado, la silla abarcaría poco espacio en la escalera pero, la escalera no es muy espaciosa...
Mi pregunta es ..¿hasta qué punto estamos obligados a poner ascensor o silla si eso nos supondría un desembolso económico que podría llevarme a perder mi piso? Nota: vivo en bizkaia, por si aquí la ley de vivienda es diferente...
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