Gastos de comunidad+locales
Voy a intentar ser lo más clara y precisa posible, gracias de antemano.
Comunidad de 10 vecinos más un local propiedad del ayuntamiento de valencia destinado a instalaciones de la policía local, con un coeficiente de participación del 12%. Año de construcción 1978.
En el titulo constitutivo dice literalmente:
"los titulares de los bajos comerciales estarán exentos de contribuir a los gastos de uso y reparaciones originadas en portal, caja de escalera, ascensor y terraza superior de usos exclusivo de las vivivendas, en tanto no tengan comunicación directa con el portal"
La particularidad es que necesitan accecer al patio ya que sus contadores de luz y de agua están en el patio y además tienen dos antenas de radioteléfonos en la terraza superior por lo que usan el ascensor cada vez que suben a inspeccionar/reparar las.
Mis preguntas son:
-¿Qué gastos están obligados a pagar?
-Aunque el bajo no tenga acceso directo al patio y estén exentos según el titulo constitutivo, ¿el hecho de tener que acceder a la finca les exime de estar exentos de estos gastos? Y si fuera así, ¿qué podemos hacer para conseguir que contribuyan en los gastos?
-Si se les considera exentos de pagar los gastos de comunidad ya que según el titulo constitutivo no tienen acceso al patio, ¿se puede solicitar al ayuntamiento algún tipo de alquiler de la terraza para sus antenas radiotelefónicas? Y ¿Cómo?
Bueno, muchas gracias, espero haber sido lo suficientemente clara y espero tu pronta respuesta ya que el próximo viernes tenemos reunión y yo ya no doy más de mi ni se por donde tirar.
Comunidad de 10 vecinos más un local propiedad del ayuntamiento de valencia destinado a instalaciones de la policía local, con un coeficiente de participación del 12%. Año de construcción 1978.
En el titulo constitutivo dice literalmente:
"los titulares de los bajos comerciales estarán exentos de contribuir a los gastos de uso y reparaciones originadas en portal, caja de escalera, ascensor y terraza superior de usos exclusivo de las vivivendas, en tanto no tengan comunicación directa con el portal"
La particularidad es que necesitan accecer al patio ya que sus contadores de luz y de agua están en el patio y además tienen dos antenas de radioteléfonos en la terraza superior por lo que usan el ascensor cada vez que suben a inspeccionar/reparar las.
Mis preguntas son:
-¿Qué gastos están obligados a pagar?
-Aunque el bajo no tenga acceso directo al patio y estén exentos según el titulo constitutivo, ¿el hecho de tener que acceder a la finca les exime de estar exentos de estos gastos? Y si fuera así, ¿qué podemos hacer para conseguir que contribuyan en los gastos?
-Si se les considera exentos de pagar los gastos de comunidad ya que según el titulo constitutivo no tienen acceso al patio, ¿se puede solicitar al ayuntamiento algún tipo de alquiler de la terraza para sus antenas radiotelefónicas? Y ¿Cómo?
Bueno, muchas gracias, espero haber sido lo suficientemente clara y espero tu pronta respuesta ya que el próximo viernes tenemos reunión y yo ya no doy más de mi ni se por donde tirar.
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Respuesta de canota52
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