Obligaciones de los propietarios de locales

En mi finca tenemos dos locales los cuales tienen una puerta de acceso a nuestra escalera. Así mismo tienen el contador dentro de la escalera, junto al resto de vecinos.
Mi pregunta es:
¿Tienen estos locales obligación de contribuir igual que es resto de vecinos a los gastos generales y extraordinarios de la finca? ¿Hay algún límite (servicios de los que no vayan a disfrutar, como puede ser la instalación de un ascensor)

2 Respuestas

Respuesta
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La ley de Propiedad Horizontal es muy clara en este asunto, TODOS (incluidos los locales comerciales) deben de contribuir al sostenimiento de todos los gastos generales del inmueble. Como excepción, que los estatutos digan otra cosa.
En este link lo explico de forma mas extensa: http://encinarxxi.blogspot.com/search/label/55.%20Gastos%20de%20mantenimiento%20o%20sustitucion%20del%20ascensor%20por%20los%20locales%20comerciales
Aunque sea más especifico para gastos de instalación y mantenimiento del ascensor, es válido igualmente para todos los gastos generales.
Un cordial saludo,
Encinar administración de fincas
Respuesta
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Los locales según la ley de propiedad horizontal, tienen la obligación de contribuir en los gastos de la finca con respecto, al seguro, y al administrador. Normalmente se les exime de todos los gastos de escalera, luz, agua, limpieza, etc. pero habría que ver en que situación esta el titulo constitutivo para ver su situación.
Si lo que pretendéis es poner en la finca un ascensor, los locales tienen que contribuir con su coeficiente, puesto que esto es un bien para la finca, " se supone que se revaloriza el precio", y ellos son finca al igual que todos, también en caso de que se tuviera que hacer una obra para impermeabilizar por humedades, ellos tienen que contribuir.
Pero te vuelvo a insistir hay que ver el titulo para saber su situación con respecto a la finca.

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