Gastos de comunidad+locales

Voy a intentar ser lo más clara y precisa posible, gracias de antemano.
Comunidad de 10 vecinos más un local propiedad del ayuntamiento de valencia destinado a instalaciones de la policía local, con un coeficiente de participación del 12%. Año de construcción 1978.
En el titulo constitutivo dice literalmente:
"los titulares de los bajos comerciales estarán exentos de contribuir a los gastos de uso y reparaciones originadas en portal, caja de escalera, ascensor y terraza superior de usos exclusivo de las vivivendas, en tanto no tengan comunicación directa con el portal"
La particularidad es que necesitan accecer al patio ya que sus contadores de luz y de agua están en el patio y además tienen dos antenas de radioteléfonos en la terraza superior por lo que usan el ascensor cada vez que suben a inspeccionar/reparar las.
Mis preguntas son:
-¿Qué gastos están obligados a pagar?
-Aunque el bajo no tenga acceso directo al patio y estén exentos según el titulo constitutivo, ¿el hecho de tener que acceder a la finca les exime de estar exentos de estos gastos? Y si fuera así, ¿qué podemos hacer para conseguir que contribuyan en los gastos?
-Si se les considera exentos de pagar los gastos de comunidad ya que según el titulo constitutivo no tienen acceso al patio, ¿se puede solicitar al ayuntamiento algún tipo de alquiler de la terraza para sus antenas radiotelefónicas? Y ¿Cómo?
Bueno, muchas gracias, espero haber sido lo suficientemente clara y espero tu pronta respuesta ya que el próximo viernes tenemos reunión y yo ya no doy más de mi ni se por donde tirar.

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Cuando en el titulo constitutivo le exime de ciertos gastos no están obligados a contribuir.
Si los contadores están en cuartos centralizados, al igual que los demás propietarios, hay un derecho de servidumbre por lo que no contribuyen a los gastos.
Ahora bien si los contadores han sido colocados por propia iniciativa del local, apropiándose de dicho espacio, así como el espacio en la terraza superior han instalado antenas, han tenido que solicitar el permiso de la comunidad y en ese momento han tenido que poner las condiciones.
Si no tienen el permiso de la comunidad traten de regular dicha situación.
De antemano muchas gracias por tu tiempo, pero si no te importa necesito varias aclaraciones más:
1- Según los datos aportados, ¿qué gastos tienen la obligación de contribuir?, por ejemplo, seguro de la finca, contratación de un posible administrador, reparaciones o mantenimiento de fachadas, bajantes... ya que actualmente no pagan nada de eso y creo entender que si deberían ya que de eso no se les exime en el titulo constitutivo.
2- ¿Se pueden cambiar las condiciones del titulo constitutivo? Ya que dice bien claro que se les exime de dichos gastos porque no tienen acceso al portal, que en el año 78 sería así, pero no en la actualidad ya que tienen que acceder al portal por el tema de las antenas y de los contadores. No se desde cuando tienen instaladas las antenas ni si pidieron permiso, lo voy a consultar, pero sea cual sea el caso, ¿podemos cambiar actualmente estas condiciones?. Ahora hay vecinos nuevos que podemos no estar de acuerdo en que accedan al portal y usen nuestro ascensor y nuestra terraza.
3- Por ultimo y espero no resultar pesada, me gustaría saber si podemos legalmente alquilarles las terrazas. Si es que si, me gustaría que me indicara bajo que ley y cómo se debe solicitar.
Muchas gracias otra vez por su atención. Saludos cordiales. Silvia.
Tienen que contribuir a todos los gastos de la comunidad menos de los que le eximan los estatutos o división horizontal.
Las condiciones del titulo constitutivo para ser cambiadas necesitan la unanimidad de los propietarios.
Los nuevos vecinos tienen que aceptar los acuerdos y obligaciones adquiridos por los anteriores propietarios.
Para alquilar la azotea u otra zona comunitaria es necesario el acuerdo de la Junta de Propietarios. Una vez lo acepten deben hacer todo de acuerdo con las normas fiscales. (Parar IVA, hacer retenciones de hacienda., etec.)
Si precisara alguna aclaración no duden en consultar de nuevo.

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