Impuganar un acta
Soy copropietaria de una lonja en una comunidad donde hasta el año 2005 la convocatoria a las reuniones se realizaba (según me dicen hoy) poniendo un papel en el portal, y no se daba copia del acta a nadie. El año 2005 se contrató un administrador y desde entonces el procedimiento que se sigue es el legal en cuanto a notificaciones. En el acta de el presente ejercicio, 2008-2009, se incluye una mención a que los gastos se distribuirán entre los copropietarios de acuerdo a las cuotas decididas en la reunión anual del año 2001, y recogidas en su acta. Es la primera mención que nosotros teníamos de ese cambio de cuotas, cuyo resultado es que nuestra cuota es superior a la inscrita en el registro. La verdad es que la cantidad neta es muy pequeña y no no nos merece la pena ir a juicio. Sin embargo, la actitud de la comunidad es abusiva, habiéndose negado a acudir a la mediación gratuita que nos ofrece el goboierno vasco. Me gustaría saber cómo es un proceso de impugnación y el potencial coste que puede tener.
Por dar más datos de esta situación: La administradora actual dice que la cuota que se está aplicando es legal ya que nos han venido cobrando según esa cuota durante los últimos ocho años. Esto no es cierto, ya que hasta el año 2005 únicamente se nos solicitó dinero un año en que se arrefló la fachada
Para el arreglo de fachada, año 2002, se nos localizó fácilmente para solicitar nuestra conformidad en ello, y se nos comunicó verbalmente la cantidad neta a pagar, la cual fue ingresada en el nº de cuenta que nos facilitó el presidente en aquel momento. NO recibimos ningún documento donde se especificase ni detallase las cuotas que se habían aplicado, y tampoco lo solicitamos porque en ningún momento dudamos de que todo iba correcto, de acuerdo a las cuotas legales establecidas en escrituras.
¿Cómo puedo impugnar el acuerdo que se tomo en la reunión del año 2001?. ¿Necesito un abogado?. ¿Cuál es el procedimiento a seguir?
Por dar más datos de esta situación: La administradora actual dice que la cuota que se está aplicando es legal ya que nos han venido cobrando según esa cuota durante los últimos ocho años. Esto no es cierto, ya que hasta el año 2005 únicamente se nos solicitó dinero un año en que se arrefló la fachada
Para el arreglo de fachada, año 2002, se nos localizó fácilmente para solicitar nuestra conformidad en ello, y se nos comunicó verbalmente la cantidad neta a pagar, la cual fue ingresada en el nº de cuenta que nos facilitó el presidente en aquel momento. NO recibimos ningún documento donde se especificase ni detallase las cuotas que se habían aplicado, y tampoco lo solicitamos porque en ningún momento dudamos de que todo iba correcto, de acuerdo a las cuotas legales establecidas en escrituras.
¿Cómo puedo impugnar el acuerdo que se tomo en la reunión del año 2001?. ¿Necesito un abogado?. ¿Cuál es el procedimiento a seguir?
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Respuesta de Isaguiver Mongar
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