¿No tengo derecho a votar?

Por no tener pagado el ultimo recibo de la escalera, ¿se puede excluir a los vecinos de una votación?, en este caso se votaba sobre la conveniencia de contratar un administrador, y no se me dejo votar porque me faltaba el pago de el ultimo recibo del mes, ¿15?, y ¿Con cuánta gente es necesaria, la mitad más uno, la totalidad...?

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Respecto a no dejarle votar, la comunidad está en su perfecto derecho por cuanto uno de los requisitos para disponer de voto en la asamblea de propietarios (junta de propietarios) es estar al corriente de pago con las obligaciones de la Comunidad.
Respecto a la concurrencia necesaria para cerrar una votación favorable o desfavorable hay que recurrir a los estatutos de la Comunidad en la que se recogen tanto los procedimientos como la constitución legal de las juntas, así como la concurrencia mínima de votos y participantes para declarar las decisiones como válidas.
Así mismo, es necesario que la convocatoria sea realizada en tiempo y forma, de lo contrario podrían llegar a impugnarse los acuerdos si la mayoría fuera simple.
De todos modos, tendría que leer el redactado de los estatutos de la Comunidad donde se recoge la contestación a sus preguntas.

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