Titulo constitutivo
Buenas tardes, nuestra comunidad tiene un pequeño terreno que hasta hace dos años era servidumbre para gas, no sólo para nuestra comunidad sino también otras dos, ahora al quitar los depósitos, el administrador dice que la servidumbre ha terminado y que el terreno es nuestro, aunque en el registro no figura la servidumbre en nuestra escritura, sí figura la finca en sí, con ese terreno . El dice que al registrador se le debió olvidar poner lo de ls servidumbre, pero que no existe duda de que es nuestro.
Este terreno, está separado por una valla mitad ladrillo, mitad verja, por lo que posteriormente a la junta, algunos vecinos pensamos que si se tocaba esta valla (para hacer una puerta) se tocaba el titulo constitutivo y por tanto la unanimidad porque esto que se quiere hacer no es ni necesario ni de interés general (se ha pensado en una especie de pista de patinaje para los niños, y por lo tanto no utilizable por los vecinos que no tienen niños de esa edad) .
El administrador se deja caer, diciendo que ha hecho una consulta al colegio de administradores (pero que no ha conseguido la contestación por escrito, y eso que hizo la consulta el año pasado ) sólo le han contestado telefónicamente que, este terreno se debe considerar como zona común y por lo tanto debería de haber estado anexo a la misma y no se necesitaría la unanimidad. Yo sin embargo, creo que no debe de ser así porque en las escrituras de constitución de la comunidad viene claramente delimitado como terreno cedido a gas natural para la colocación de los depósitos .
La última pregunta sería: ¿Puede un vecino presentarse las veces que quiera voluntario a presidente, que mayoría necesita? ¿Se necesita que esta mayoría represente la maoría de las cuotas de participación de todos los propietarios?
Muchas gracias por su ayuda
Este terreno, está separado por una valla mitad ladrillo, mitad verja, por lo que posteriormente a la junta, algunos vecinos pensamos que si se tocaba esta valla (para hacer una puerta) se tocaba el titulo constitutivo y por tanto la unanimidad porque esto que se quiere hacer no es ni necesario ni de interés general (se ha pensado en una especie de pista de patinaje para los niños, y por lo tanto no utilizable por los vecinos que no tienen niños de esa edad) .
El administrador se deja caer, diciendo que ha hecho una consulta al colegio de administradores (pero que no ha conseguido la contestación por escrito, y eso que hizo la consulta el año pasado ) sólo le han contestado telefónicamente que, este terreno se debe considerar como zona común y por lo tanto debería de haber estado anexo a la misma y no se necesitaría la unanimidad. Yo sin embargo, creo que no debe de ser así porque en las escrituras de constitución de la comunidad viene claramente delimitado como terreno cedido a gas natural para la colocación de los depósitos .
La última pregunta sería: ¿Puede un vecino presentarse las veces que quiera voluntario a presidente, que mayoría necesita? ¿Se necesita que esta mayoría represente la maoría de las cuotas de participación de todos los propietarios?
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Respuesta de puchito626