Disposición en efectivo de cuenta de la comunidad

Buenas noches!
Pertenezco a una comunidad de propietarios de un edificio de 8 viviendas. Hemos cambiado de junta directiva y haciendo repaso de ingresos y gastos hemos visto que hay una serie de disposiciones en efectivo realizadas al banco de las cuales el presidente no sabía nada. En el banco están autorizados el presidente y el secretario, la cuenta que disponemos carece de libreta y el dinero que se retira se hace por medio de talón por lo que desearía saber como una sola persona, en este caso el secretario, puede hacer una disposición en efectivo sin talón y sin la presencia del presidente. ¿No son necesarias las dos firmas? ¿Cómo ha podido hacer la disposición en efectivo a espaldas del presidente? ¿Es legal?

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En este caso tendrásn que averiguar si en realidad es necesaria la firma de los dos o es válida únicamente la de uno de ambos, por otro lado, pueden existir talonarios que estén previamente firmados por ambos para ganar tiempo en caso de necesidad y por tanto la persona haber realizado esos reintegros con el talón correspondiente con ambas firmas.
Por otro lado, en la matriz del talonario debiera de quedar la información correspondiente al uso que se ha dado al talón, de otro modo, las personas que en este caso tienen firma tendrán que dar las preceptivas explicaciones del destino de ese dinero.

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