Problema con bufete de Abogados que lleva la com. Veci

Hola,
En mi comonunidad de vecinos hay varios inquilinos que deben bastantes meses de comunidad(morosos),
por otro lado se ha pintado el edificio y se ha reformado el ascensor. Tenemos un bufete de abogados
bastante incompentente que lleva la comunidad, según ellos habían denunciado a los morosos por el juzgado y también nos dijeron
que la reforma del ascensor y la pintura del bloque estaba ya pagada.
Pues bien, para nuestra sorpresa nos hemos enterado que los vecinos no están denunciados por el juzgado
(Como se nos había dicho) y por lo visto Otis(compañía de ascensores) ha denunciado al bloque por impago
de parte de la deuda del ascensor y también se han quejado los pintores porque tampoco se les ha pagado
todo. En definitiva, este bufete de abogados esta haciendo bien poco o nada.
¿Qué hacer ante esta situación?
Gracias.
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El referido bufete de abogados, de una manera u otra, trabajan para la comunidad y como tales tiene que responder y de no ser así´, para la próxima Junta General ORDINARIA y siempre antes de que se vaya a convocar, por el presidente debe ponerse un punte en el orden del día que diga "propuesta nombramiento de nuevo administrador para la comunidad".-
He dicho en la JUnta General Ordinara por que si se hiciera antes en una extraordinaria pudiera ser que se tuviera algún pleito contra la comunidad, con posibilidad de perderlo y tenerle que abonar hasta final del contrato que es un año.-
Nattor54
El mejor juicio es el que no se celebra

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Entiendo que lo que me pregunta es que hacer para rescindir los Servicios del Administrador y a esto le respondo que habrá que atenerse al Contrato que tengan suscrito con el Bufete que me dice.
Si no existe Contrato, habrá que esperarse al vencimiento de mandato que viene reflejado en el Acta de la Junta General, donde se le eligió y si tienen urgencia, porque no tienen claro como van las cuentas, pueden convocar una Junta General Extraordinaria (en cualquier caso hay que convocar Junta), donde se incluya un punto, en el Orden del Día, para rescidir los servicios del Administrador.
Por último, si se puede probar que no ha ejercido sus funciones correctamente, no hay que indemnizarle nada al Administrador. Si esto no es posible, puede ser que les reclame que les paguen, como indemnización, el importe que le queda para acabar su mandato.

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