Tenencia perro piso alquiler
El otro día me dijeron en la comunidad donde paso las vacaciones y puentes, que no se podía tener perros porque lo marcaban los estatutos de comunidad. Pedí una copia de los estatutos al registro de la propiedad y dice textualmente lo siguiente:
"Queda prohibido dentro del recinto de la parcela:
Punto c) Tenencia y permanencia de cualquier tipo de animales que pudieran causar o fuese susceptible de producir molestias o temor a los usuarios o condueños, especialmente perros, gatos y otros animales molestos."
Después de leer esto, con una perrita de 2 kilos que acabo de adoptar, ¿me pueden prohibir tenerla si no uso las zonas comunitarias de piscina..?, Si no ladra, y es pequeña y no atemoriza, ¿dónde está el límite para decirme que no al perro?. Quisiera razonamientos para poder rebatir a la casera cuando hable con ella, por si todavía piensa que no puedo tener el perro. Yo creo que a no ser que la casera expresamente me prohíba tener animales en casa, los estatutos no me lo prohíben, ¿no es así?
"Queda prohibido dentro del recinto de la parcela:
Punto c) Tenencia y permanencia de cualquier tipo de animales que pudieran causar o fuese susceptible de producir molestias o temor a los usuarios o condueños, especialmente perros, gatos y otros animales molestos."
Después de leer esto, con una perrita de 2 kilos que acabo de adoptar, ¿me pueden prohibir tenerla si no uso las zonas comunitarias de piscina..?, Si no ladra, y es pequeña y no atemoriza, ¿dónde está el límite para decirme que no al perro?. Quisiera razonamientos para poder rebatir a la casera cuando hable con ella, por si todavía piensa que no puedo tener el perro. Yo creo que a no ser que la casera expresamente me prohíba tener animales en casa, los estatutos no me lo prohíben, ¿no es así?
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