Gastos de antena

Soy el propietario de un local en un edificio de viviendas. Acaban de realizar la instalación de antena y han hecho llegar la señal a todas y cada una de las viviendas, pero no a los locales (cuatro en total). Ahora el presidente nos reclama la parte proporcional de los gastos. En caso de estar obligados a pagar los gastos, ¿podemos exigir los dueños de los locales que se nos haga llegar la señal de antena a todos?
Respuesta
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Artículo 17.2 de la Ley de Propiedad Horizontal:
"La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas, comunes o privativos, de aprovechamiento de la energía solar, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.
La comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior, sobre aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo. No obstante, si con posterioridad solicitasen el acceso a los servicios de telecomunicaciones o a los suministros energéticos, y ello requiera aprovechar las nuevas infraestructuras o las adaptaciones realizadas en las preexistentes, podrá autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido, debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal."
Entiendo que el motivo de las obras es el de adaptación a la TDT, que es un servicio nuevo, en consecuencia sometido a este artículo. En consecuencia no pueden obligarte.
Lo que tienes que hacer es cumplir los requisitos para no abonar, es decir, no votar expresamente a favor del acuerdo y no tener el servicio.

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