Dudas sobre las deudas en una comunidad de propietarios de Madrid.

Buenos días:
Me dirijo a ustedes para hacerles una pregunta referente a una comunidad de propietarios en la que vive un familiar:
¿Cómo consecuencia de la inspección técnica de edificios el Ayuntamiento de Madrid ordenó realizar una serie de obras y para poder hacer frente a esos pagos se acordó en una Junta de Propietarios pagar unas derramas extraordinarias durante más de un año que ascendían a 375? Por propietario.
El último pago del calendario de pagos establecido tuvo lugar en Agosto de 2010.
¿Este viernes hemos recibido una convocatoria a una Junta Extraordinaria en la que se propone realizar una nueva derrama extraordinaria de 250? Por propietario durante 5 meses.
Actualmente hay dos propietarios que tienen una deuda de la derrama extraordinaria aprobada hace más de un año, uno de ellos de más de tres mil euros y el otro de más de dos mil euros y según se refleja en la convocatoria están pagando una menor cuantía todos los meses de la que pagaron el resto de vecinos, y terminaran de pagar uno en el 2013 y otro en el 2012 y sin ningún tipo de interés.
Quiero resaltar que esto no ha sido informado en ninguna reunión anterior y no ha sido aprobado por el resto de propietarios. Es decir que se ha hecho a espaldas de la comunidad.
Como consecuencia de no tener el dinero necesario en los fondos de la Comunidad, ya que estos dos propietarios no han cumplido lo aprobado en la Junta correspondiente. ¿La "solución" que se propone es ampliar la derrama como ya le decía 5 meses a 250?. De 10 vecinos han pagado 8 y 2 no han pagado lo establecido.
Además casualmente la cifra está calculada en base al siguiente razonamiento; ¿Faltan por pagar 10.000? De la obra, y como se parte de la premisa de que dos propietarios no van a pagar según el calendario propuesto, se ha hecho lo siguiente:
250 X 5 meses = 1.250 ? X 8 propietarios = 10.000 ?.
¿Aunque en la propuesta aparece reflejado el pago de los 10 propietarios a 250?, se ve la intención de que sean 8 propietarios los que asuman la deuda generada por otros 2.
Mi pregunta es la siguiente: Esto se va a someter a votación y es una Comunidad en la que hay mucho trapicheo y como la otra solución es denunciar a quien ha pagado lo establecido con el riesgo de que a esos dos propietarios les embarguen la vivienda. En caso de que hubiera mayoría a la hora de aprobar esa derrama extraordinaria, ¿mi familiar estaría obligado a pagar esos 250? ¿Durante 5 meses?.
Me gustaría por favor que me informe de que derechos nos amparan según las leyes y según la Ley de la Propiedad Horizontal.
Gracias por anticipado por su atención y ayuda.

1 Respuesta

Respuesta
1
Artículo 9 de la LPH.
1. Son obligaciones de cada propietario:
Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el titulo o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.
Por lo que tu familiar solamente está obligado a partipar según su coeficiente de participación a lo especialmente establecido, en los gastos justificados, el activo de la comunidad son tanto el dinero cobrado como la deuda de vecinos. Por lo que él solo participará en los gastos que le justifiquen, pero no participará en la financiación de otros vecinos.
Visite nuestra Asesoría Online, somo líderes en Asesoramiento y Gestión Fiscal y Laboral, compruebe nuestra amplia gama de seguros. Seguros Online.
Un saludo
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Consultas Online / Descargas Online/  Franquicias Asesorías web / herboristería / Sexshop / herbolario
Estimado Señor/Señora:
Le estoy muy agradecida por su excelente y rápida respuesta.
Me gustaría que me confirmará algo para quedarme tranquila y saber que le he entendido bien.
Según lo que he leído en la convocatoria de la Junta, parece que ha habido algún gasto extraordinario (que no se cita con detalle), que no estaba contemplado en el presupuesto aprobado y en base al cual se hizo el prorrateo de las derramas extraordinarias, si es así y están justificados entonces mi familiar si debe asumir la parte que le corresponda pagar de esos gastos. Eso me queda clarísimo de su respuesta.
Pero como debería de actuar mi familiar si se encontrara con que en el momento de la votación se decidiera por mayoría absoluta que se aprueba la derrama extraordonaria por mayoría. ¿Prevalecería la decisión tomada por la mayoría frente a lo indicado en la Ley de la Propiedad Horizontal?. Yo creo que no, pero prefiero que usted me lo asegure.
Qué debería de hacer mi familiar ante un caso así ¿impugnar el acta?. Enviar por burofax al administrador un comunicado en el que quede muy claro su intención de pagar gastos justificados que le correspondan al igual que ha venido haciendo con las derramas extraordinarias pagadas durante más de un año.
Le agradecería que me diga como actuar en este hipotético caso.
Una vez más muchas gracias por su ayuda y asesoramiento.
En primar lugar debería impugnar el acta judicialmente, ya que los acuerdos alcanzados son contrarios a la ley. Para esto tiene un plazo de un año. Al impugnar el acta los acuerdos no son válidos, por lo que las cuotas extraordinarias no serían legales, por lo que no estaría obligado a pargarlas.
Visite nuestra //www.ristoriasesores.com/15-ASESORIA-ONLINE]Asesoría Online[/url], somo líderes en Asesoramiento y Gestión Fiscal y Laboral, compruebe nuestra amplia gama de seguros. //www.ristoriasesores.com/17-SEGUROS-ONLINE]Seguros Online[/url].
Un saludo
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
//www.ristoriasesores.com/16-CONSULTAS-ONLINE]Consultas Online[/url] / //www.ristoriasesores.com/40-Descargas-Online]Descargas Online[/url]/  //www.ristoriasesores.com/25-FRANQUICIAS]Franquicias Asesorías[/url]//www.sexshopink.com]/[/url]  //www.ristoriasesores.com]web[/url] / herboristería /
//www.sexshopink.com]Sexshop[/url] / herbolario

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas