Derrama para demanda

M comunidad está dominada por una única familia que controla la mayoría siempre porque junto con un vecino amigo suman más del 55% de las cuotas de participación. Nunca quieren arreglar nada porque lo tienen todo alquilado y no viven ahí. El resto estamos con filtraciones graves de azotea, con lo que lo hemos llevado al juzgado, que es adonde nos enviaron ellos cuando hicimos una junta para estas reparaciones.
En junta sobre la demanda se aprobó un recibo extra para los primeros gastos para pelear la demanda, junto con gastos de arreglo escalera. El monto de gastos de arreglo de escalera se especificaron, no así los de la demanda.
Ahora han pasado el recibo y han puesto un sobre-coste de más de un 60% (por no decir un 100% o 200%) en gastos de abogados para que, haciendo chanchullos con el abogado que reciba ese dinero, ellos terminar no pagando nada por los honorarios de los abogados de la comunidad y seamos en la realidad los que los hemos demandado, los que terminemos pagándolo.
Pregunto ¿cómo podemos recurrir esto? Porque es muy fácil sino, los que tienen la mayoría pasan presupuestos inflados el doble para que los terminen pagando realmente solo la minoría.
Repito, que en la junta se aprobó un recibo sin determinar los montos, salvo el de unas reparaciones de la escalera, ¿pero de honorarios de juicio nada concreto y ahora el administrador pasa ese recibo de 5000? En honorarios para abogados, solo para empezar a pelear la demanda..., en el mismo acta de la junta, como si nos lo hubiese avisado en la junta, cuando eso no fue así. El problema además es que yo tengo el 37% de participación con lo cual me recae mucho a mí y no estoy de acuerdo.
Les agradeceré mucho, me den una idea para impugnar el monto de este recibo. ¿No hay obligación de presentar varios presupuestos? ¿Se tendría que convocar a una junta extraordinaria para tratar el monto de la derrama si no se determinó en la junta que la aprobó? ¿Cómo podemos demostrar que no se dijo en la junta, si el administrador ahora lo envía en el acta como si se hubiese detallado en la junta?

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Lo que debe hacer es mandarle un escrito con acuse de recibo al administrador exigiéndole la subsanación del acta corrigiendo el error en virtud del art. 18.3 LPH o se verán obligado a denunciarlo tanto en el colegio de administradores como en el juzgado por falsificación.
Los ingresos y gastos de la comunidad deben decidirse en junta en virtud del art. 14 LPH. No puede ser el administrador quien elija esos presupuestos sin autorización de la junta el no es más que un trabajador de la comunidad.
Todos los acuerdos que tome tanto el administrador como los propietarios pueden impugnarse en virtud del art. 18.1 c) LPH
Mucha suerte y un saludo
Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html
Un saludo
_________________
Optimizo Administración de Fincas
Porque ser presidente no debería ser una carga
[email protected]
914254481/626764724
Muchas gracias Optimizo por su respuesta. Tengo una duda más ¿y si fue el Presidente el que eligió y dio ese presupuesto al administrador (cosa más probable porque es de esa familia que controla todo)? ¿También en ese caso se puede denunciar? ¿Es obligatorio que el presupuesto para pagar al abogado sea tratado en junta o pueden alegar que al ser algo "urgente" el contestar la demanda se vieron "obligados" a elegir ese?
Muchas gracias por su atención y un saludo
Igualmente el presidente tampoco tiene esa potestad a menos que se la haya dado la junta, una junta extraordinaria puede ser convocada con la urgencia necesaria en virtud del art. 16.3 LPH de todos modos hablen con el abogado que les lleva el tema de las filtraciones y denuncien todas las irregularidades que cometen estos señores, la primera vez es complicada pero luego van a tener que pagar las costas del jucio, también intenten cambiar el presidente.
Tengan en cuenta que aunque tengan muchas propiedades solo tienen un voto con lo que no tienen mayoría ninguna de las dos partes nunca unos por numero de comuneros y otros por coeficientes, con lo que será el juez el que decida y si tienen un buen abogado lo normal es que les de la razón a ustedes por abuso de posición dominante.
Un saludo
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