Irregularidades en acta Junta propietarios

Estoy muy descontenta con el administrador de fincas que tenemos. Hoy mismo he recibido el acta de la junta general y, además de ser muy vaga en su descripción, no está firmada ( es una copia, peor opino que podría firmarse por el administrador o tener el membrete del mismo). Por otra parte, aparecen representados que no lo fueron, ya que no asistió la persona que le representaba.

Nunca presenta facturas ni documentos de los gastos. Las cuentas anuales, pro ejemplo, se aprueban sin ninguna prueba; si pone que se gastan por euros en agua, o en luz, en...

¿Que´ se puede hacer?

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Debe hablar con el presidente y que le exija toda esta documentación que no aporta en virtud del art. 20 e LPH también podría hacerlo usted si no quiere el presidente aunque lo lógico es que lo haga él.

En cuanto al acta también debería hablar con el presidente puesto que debe firmarla en el libro de actas en el plazo de 10 días desde la última junta art. 19.3 LPH y para firmarla debe ser correcta con lo que indiquele las incorrecciones y que las subsane.

Si el administrador no cumple con sus funciones correctamente deberían cesarle y buscar otro, somos muchos los que si hacemos correctamente el trabajo, para ello solo hay que convocar junta y que figure el cese del administrador en el orden del día, para convocarla lo puede hacer el presidente y si no quiere basta con que lo haga un grupo de vecinos que conforme el 25% de los propietarios o que entre ellos tengan el 25% de las cuotas de participación art. 16.1 LPH

Simplemente con que la mayoría de los presentes vote a favor del cese desde la firma del acta es ejecutiva la decisión solo habría que comunicarle el cese al administrador.

En caso que haya una permanecía al demostrar que no está cumpliendo correctamente sus funciones no deberían abonarla por incumplimiento de contrato, habría que ver el contrato de todos modos si lo hubiera.

Lo importante es que en la junta se explique todas las irregularidades y lo normal es que los vecinos opten por otro administrador.

Muchas gracias: ¿también es obligatorio que nos remitan la copia del acta firmada o vales ocn una simple copia?

El problema que tenemos en esta comunidad es que el presidente ( que lleva ya 3 años en el cargo , ya que no nos dan la opción de serlo por pisos y, así, nunca me llega el turno) es amigo del administrador y que los vecinos le votan , porque son casi todos mayores y no quieren ningún problema. Conocen al administrador y al presidente "de toda la vida" y yo soy prácticamente vecina nueva. Nadie pide nada y aceptan lo que sea. Únicamente, somos dos o tres los propietarios los que dudamos tanto de este proceder. Los demás, ni siquiera acuden a las juntas y nombran representantes ( uno de los cuales suele ser el propio presidente).

¿Estamos demasiado desamparados los que solicitamos más transparencia? Por otra parte, hay unos 60.000,00 euros de la comunidad en una cuenta ( según el administrador) y seguimos pagando las cuotas ( cada vez más altas) y el agua calliente sube. ¿Es normal que el administrador tenga tanto dinero de la comunidad en una cuenta? Yo pienso que, si estuviera, al menos, en una cuenta remunderada, por lo menos, nos darían intereses, pero nada se habla de ello. Es muy ratro todo esto.....

Un saludo

Lo lógico seria firmarla ambos a veces por cuestiones de imposibilidad de tiempo del presidente solo lo hace el administrador para no demorar mas el acta.

El presidente no elige serlo no es una monarquía cuando hagan el cese del administrador pongan mejor renovación de cargos y voten otro presidente (que se tendrá que presentar voluntario) y si sale mayoría ese es el elegido.

Lo que debe hacer entonces es solicitar esa información y demostrarle las irregularidades a los otros y si no quieren ir a la junta deleguen en usted.

La transparencia la tienen garantizada por el art. 20. E LPH por ello exigan la información y si se la niegan por burofax, no es normal que haya tanto dinero pero todo eso lo decide la junta no el administrador, las cuotas, los presupuestos...

Debe hacer una labor de conseguir pruebas y convencer a los vecinos para cambiar la situación bien con este presidente y administrador o con otros.

Todas las decisones deben tomarse por mayorías en virtud del art. 17 LPH exijalas en la junta.

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