Morosos a pesar de ser excluidos de los pagos
El estado mirando la LPH el articulo 15.2 dice "Los propietarios que en el momento de iniciarse la junta no se encontrasen al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad y no hubiesen impugnado judicialmente las mismas o procedido a la consignación judicial o notarial de la suma adeudada, podrán participar en sus deliberaciones si bien no tendrán derecho de voto. El acta de la Junta reflejará los propietarios privados del derecho de voto, cuya persona y cuota de participación en la comunidad no será completada a efectos de alcanzar las mayorías exigidas en esta Ley".
Mi caso es el siguiente la comunidad de propietarios declaró morosos a los locales comerciales en un acuerdo al que no fueron citados, no obstante lo que más me llama la atención es que reclaman cuotas por pagos a la comunidad cuando el titulo constitutivo dice que "los dueños de los locales no contribuirán a los gastos de portal, zaguán, escalera y luz" teniendo en cuenta que es un edificio bastante antiguo no hay ningún servicio más.
¿Pueden ser morosos entonces?
Mi caso es el siguiente la comunidad de propietarios declaró morosos a los locales comerciales en un acuerdo al que no fueron citados, no obstante lo que más me llama la atención es que reclaman cuotas por pagos a la comunidad cuando el titulo constitutivo dice que "los dueños de los locales no contribuirán a los gastos de portal, zaguán, escalera y luz" teniendo en cuenta que es un edificio bastante antiguo no hay ningún servicio más.
¿Pueden ser morosos entonces?
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Respuesta de finurcam
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