Enganche luz del piso al trastero.

Quería preguntar si es legal o no (comentar por favor qué ley o normativa es) el bajar la corriente desde el piso hasta el trastero-garaje teniendo 2 circuitos independientes con 2 cuadros de protección (1 en el piso y el otro en el trastero) y 1 solo contador. Las plazas de garaje y el trastero están en un garaje comunitario pero están cerradas de obra. La instalación eléctrica sería realizada, técnicamente hablando, según normativa vigente y en obra.
Respuesta
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Para realizarlo va a tener que tirar un instalación por zonas comunes con lo que debe solicitar permiso a la comunidad, si la comunidad se lo permite es legal si no se lo permite y lo realiza puede obligarle a dejarlo como estaba acudiendo a vía judicial ademas tendrá que pagar las costas del juicio y si el juez lo estima daños y perjuicios.
La normativa que regula la comunidad es la ley de propiedad horizontal y para llegar a los acuerdos se regula en el Art. 17, la LPH deja una gran autonomía de voluntad a las partes (los vecinos) dejando en gran medida la mayor parte de las regulaciones a los acuerdos en junta.
Muchísimas gracias y muy amable. Hay un matriz que creo que es fundamental, y es que no hay comunidad ya que es en obra, ahí está el tema, porque tengo amigos que han querido hacer esta maniobra y la comunidad no les ha dejado, por eso quiero hacerlo en obra, para tenerlo hecho antes de que se entreguen los pisos y los trasteros porque sino después seguro que no me dejan y no quiero tener problemas con nadie. Por su respuesta entiendo que es una instalación legal puesto que cuando se constituya la comunidad ya estará hecho, lo que pasa es que no sé si habrá alguna ley o normativa que prohíba tener corriente para por ejemplo un portón eléctrico para las plazas de garaje y un enchufe para un congelador, que es mi caso y para lo que necesito la corriente en el trastero-garaje.
Muchas gracias, un saludo.
Hable con la constructora haber si quiere realizárselo, si esto lo incluye en la escritura de división horizontal no hay problemas en este sentido, aunque la constructora no siempre quiere hacer esto.
En cuanto a la normativa que me pregunta esa no es nuestra especialidad y por lo que se no la hay pero tampoco quiero darle una respuesta equivocada.
Si habla con la constructora ellos si hubiera algún tipo de ley que lo impida se lo van a indicar.

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