Colocación de chapa en patio
Tengo un nuevo problema, mi cuñado ha comprado un piso bajo con un patio de uso privativo. En la comunidad expuso que iba a poner una chapa y todos los vecinos lo aprobaron en una junta y así quedó recogido en el acta, donde se habla de un "pequeño porche". Incluso informó en persona a los que no asistieron, que dieron su conformidad.
Pero cuando estaba colocando la chapa, que ocupa la mitad del patio, menos que el toldo que había con anterioridad, una vecina, que asistió a esa reunión y aprobó expresamente el cerramiento, le dijo que lo parara que le tapa la vista del patio, al que dan dormitorios pero al que considera un elemento ornamental del bloque, e incluso lo denunció en el Ayuntamiento, en este caso de Archidona, Málaga, donde vive.
En el Ayuntamiento le han dicho que no ponen objeción a ese tipo de instalaciones "en precario", siempre y cuando todos los vecinos estén de acuerdo y lo firmen, uno por uno, en un documento.
La consulta es: ¿Mi cuñado puede mantener las chapas basándose en lo que se aprobó en la primera reunión?
¿No es contradictorio lo que dice el Ayuntamiento con lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal? ¿Hemos leído que solo es necesario la unanimidad de los vecinos en una junta debidamente convocada?
Si la vecina persiste en su denuncia ante el Ayuntamiento, ¿qué consecuencias puede tener? ¿Es mejor que quite las chapas?
Gracias de antemano.
Pero cuando estaba colocando la chapa, que ocupa la mitad del patio, menos que el toldo que había con anterioridad, una vecina, que asistió a esa reunión y aprobó expresamente el cerramiento, le dijo que lo parara que le tapa la vista del patio, al que dan dormitorios pero al que considera un elemento ornamental del bloque, e incluso lo denunció en el Ayuntamiento, en este caso de Archidona, Málaga, donde vive.
En el Ayuntamiento le han dicho que no ponen objeción a ese tipo de instalaciones "en precario", siempre y cuando todos los vecinos estén de acuerdo y lo firmen, uno por uno, en un documento.
La consulta es: ¿Mi cuñado puede mantener las chapas basándose en lo que se aprobó en la primera reunión?
¿No es contradictorio lo que dice el Ayuntamiento con lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal? ¿Hemos leído que solo es necesario la unanimidad de los vecinos en una junta debidamente convocada?
Si la vecina persiste en su denuncia ante el Ayuntamiento, ¿qué consecuencias puede tener? ¿Es mejor que quite las chapas?
Gracias de antemano.
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Respuesta de Optimizo Administracion de fincas
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