Publicidad venta pisos obra nueva

Hola,
Quisiera saber hasta cuanto tiempo puede una constructora mantener los carteles de venta de pisos.
Me explico, yo vivo en un edificio de obra nueva que tendrá de 3 a 4 años. A la constructora le quedan algunos pisos por vender y sigue teniendo un cartel en la puerta de entrada y un par más colocados en las fachadas de los pisos vacíos.
¿Podría la comunidad de vecinos obligar a la constructora a retirar los carteles?
Muchas gracias de antemano y un saludo!
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La Ley de Propiedad Horizontal, establece que cuando exista una mayoría del 51% de las cuotas de participación, los acuerdos que adopte la Junta de Propietarios, son exigibles, llegado el caso, por vía judicial.
Basta convocar una Junta extraordinaria con único orden del día "Retirada carteles publicitarios", a la que ha de ser convocado el propietario de los inmuebles o su representante que normalmente será la inmobiliaria. Se adopta el acuerdo, se confecciona el acta y se firma. Desde ese momento, podemos enviar un burofax con certificación de texto y acuse de recibo a la inmobiliaria para que en plazo de 15 días desde la recepción del burofax, proceda a retirar los carteles que están instalados en la entrada de las viviendas o que en caso contrario, se procederá en consecuencia.
Respecto de los carteles en las propias viviendas, no se puede hacer nada, porque además es una práctica común, claro está, salvo que las dimensiones de los mismos sobrepasen unas medidas adoptadas como normales, es decir, las que puedan encontrase en cualquier vivienda.
Si se muestran reticentes, nueva junta y seguir el procedimiento señalado con la aprobación del 51% de las cuotas.
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