Buenos días, ¿Se puede disolver una comunidad de vecinos? Gracias

Mi pregunta es si se puede disolver una comunidad de vecinos. Le explico; somos una escalera con 8 vecinos, hasta hace unos tres años todo iba bien, pero desde entonces hay muchos retrasos en los pagos (20 euros mes), hasta en punto que hace ya un año que sólo pagamos 3 vecinos, por más que avisemos por carta o palabra. Además, como hay actualmente varios inquilinos, nadie se quiere hacer cargo de la presidencia y sólo la hacemos 2 vecinos y estamos cansados también. Es una escalera pequeña y el gasto de mantenimiento es mínimo, no hay ascensor, sólo es consumo de la luz. ¿Es obligatorio el seguro de la escalera?. Y en caso de que sí se pueda disolver, ¿qué se hace con el dinero que hay de la comunidad? ¿Se puede repartir proporcionalmente entre los vecinos?

Respuesta
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Artículo 23.
El régimen de propiedad horizontal se extingue:
Por la destrucción del edificio, salvo pacto en contrario. Se
estimará producida aquélla cuando el coste de la reconstrucción exceda
del 50 % del valor de la finca al tiempo de ocurrir el siniestro, a
menos que el exceso de dicho coste esté cubierto por un seguro.
Por conversión en propiedad o copropiedad ordinarias.

Lo que deben hacer es poner en funcionamiento la comunidad y si no se paga al juzgado. Ya que cuando tengan que arreglar el tejado no creo que lo vaya a pagar el del piso superior o la fachada el del bajo.

El seguro comunitario no es obligatorio aunque si conveniente.

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