Pueden obligarme a constituir una comunidad

Mi camino no esta urbanizable pero me compre una vivienda de nueva construcción allí que en ningún momento nos dicen que era terreno no urbanizable de hecho le dieron la licencia para construir. El problema esta que claro al construir las viviendas también tuvieron que hacer el camino con sus canalizaciones, luz agua etc.. Como les indica urbanismo. En mi escritura no consta la calle, ni me indica en ningún momento que es privada pero si el constructor por mediación de urbanismo la hace como privada. El problema esta que ahora quien se hace cargo de la calle. Un dato mas en el registro de la propiedad solo sale que el camino tiene un dueño que no ha vendido ese camino o bien no lo han registrado o el tampoco se ha dado cuenta no se puede ser tantas cosas. Pero vamos lo que quiero saber me pueden obligar a constituir una comunidad si yo no quiero, ni en mi escritura viene ni es de régimen horizontal y que solo los quiere constituir los trece vecinos nuevos de esa calle habiendo en la calle sobre unos cuarenta o mas. Y a quien le tengo que preguntar que podemos hacer con este tema.

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Respuesta
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Que no haya propiedad horizontal no quiere decir que no haya comunidad puesto que hay las comunidades de vienes, pero por lo que me comenta probablemente lo que haya es una entidad urbanística de colaboración o conservación, por lo que recomiendo investigue en el ayuntamiento y le aclaren un poco que es lo que hay y lo que se va a hacer.

Por otro lado si hay cosa común hay comunidad y se puede regir por el código civil art. 392 a 406, las comunidades de bienes.

Con la información que nos proporciona es complicado determinar lo que está pasando.

muchas gracias por la información ya me he dirigido al ayuntamiento es un error de urbanismo y ahora lo que tenemos que hacer es ceder la calle al ayuntamiento para que se haga cargo ya son solo tramites.

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