La comunidad se paga por coeficiente de propiedad, pero unos sobre una cantidad y los demás otra

A los locales se les aplica el coeficiente de propiedad sobre una cantidad donde no se incluye los gastos comunes, luz ascensor, limpieza y a los demás el coeficiente de propiedad sobre la suma de delo que se le aplica a los locales más la suma de los gastos comunes .

¿Es esto correcto?

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Si en la escritura de obra nueva o división horizontal de la comunidad se exime a los locales de los gastos de escalera es correcto, en caso contrario no.

Pídale al presidente o administrador consultar la escritura de división horizontal de la comunidad allí tiene la respuesta.

Esta escritura la realiza el constructor y en muchas ocasiones exime a los locales de gastos de escalera para facilitar su venta, ustedes al comprar la vivienda y escriturarla "aceptan" estas condiciones.

Muchas gracias.

Sobre este mismo tema: A los locales y a los pisos se les aplica el coeficiente sobre 875€ cantidad calculada para la conservación del edificio, lo demás 3125€ que son los gastos comunes, se le aplica el coeficiente de cada piso, con coeficientes variados, supone que el gasto común no esté bien repartido, dándose el caso de que un vecino page de luz, limpieza, ascensor, hasta un cuarenta por ciento más que el vecino de enfrente, y otros en porcentaje del 10, 20, 30% somos alrededor de 80 propietarios. ¿Cree usted que se está vulnerando el articulo 5º de la LPH perjudicando a terceros?

Muchas gracias.

No entiendo muy bien el reparto que me describe.

La forma de realizarlo es por una lado los gastos de comunes exceptuando gastos de escalera por ejemplo seguro, administración... estos gastos se deben repartir entre todos los propietarios incluidos los locales.

Por otro lado están los gastos de escalera como son ascensor, luz portal, limpieza portal... en este caso se deben repartir solo entre las viviendas aplicando los coeficientes de propiedad que tengan y haciendo una regla de tres. Es decir si usted tiene un 5 % por ejemplo y los locales suponen el 10%, su coeficiente para estos gastos sería 5x100/90=5,5%.

Otro reparto no debería ser correcto, aunque habría que ver los criterios que se han realizado y lo que establece la división horizontal para tener total seguridad.

Perdone creo que no me he explicado bien.

Tiene usted razón los gastos comunes, seguros, administración... 875€, se divide entre todos los propietarios, aplicándoles su coeficiente de propiedad, en esto de acuerdo, el resto, 3125€ que es para pagar luz, ascensor, limpieza.... gastos que originan los espacios comunes, donde un propietario con coeficiente de propiedad i.225 usa en la misma proporción que el propietario de enfrente y de su misma planta, con un coeficiente de 0,775 sin embargo el primero por esos servicios comunes paga un 30% más que el segundo, porque se les aplica su coeficiente de propiedad, cuando ya ese porcentaje lo está pagando sobre la propiedad, creo desoyéndose el artículo 5º de la LPH donde para determinar la cuota de participación aplica para los espacios comunes la palabra razonablemente.

Perdone pero creo que es una injusticia que por los mismos servicios se page distinto porcentaje, yo pago un 20% menos que muchos, ellos están reclamando y por otros vecinos me siento mal.

Gracias de ante mano por su respuesta.

El coeficiente de participación lo establece el constructor y el propietario lo "acepta" al firmar la escritura de su piso. Los gastos se reparten en virtud del coeficiente de participación en virtud del art. 9.1 e LPH.

Puede ser injusto pero es lo que establece la ley.

No me dice usted nada sobre el artículo 5º donde no dice nada sobre el coeficiente y sí sobre "acuerdo de todos los propietarios existentes", y además el articulo 9º 1 e LPH especifica "o a lo especialmente establecido". ¿No cree usted que esto da pie para modificar la formula de reparto de cargas, pues perjudica a terceros? ya que cuando se constituyó la comunidad no estábamos ni la mitad de los propietarios. Yo vengo de comunidades, mis padres, mis tíos, y donde yo antes resida, todos los vecinos pagan lo mismo, y al llegar aquí me encuentro con esto, y cuando un vecino saca este tema en junta de propietarios. lo callan diciéndole que se lea la LPH. o mandándolo al registrador de la propiedad.¿Puede usted sobre esto que le apunto darnos una formula para modificar este reparto? ¿cuota de participación , es lo mismo que coeficiente de propiedad? Usted mismo dice que es injusto, y quiero pensar que la ley no puede ser injusta, también se que si un acuerdo vulnera la ley perjudicando a terceros, se puede anular.dicho acuerdo.

Gracias.

Disculpe yo le contesto a las preguntas que realiza, en cada respuesta me da una nueva información que no tengo en la anterior, para poder ayudarle correctamente necesito toda la información.

El artículo 5 como le indico antes versa sobre la división horizontal, y quien la realiza en primer lugar es el propietario único o constructor sino puede ser por acuerdo de los propietarios...

Si lo que quiere es modificar el reparto debe ser por unanimidad en virtud del art. 17.6 LPH si es que este tipo de reparto figura en el titulo constitutivo tiene mas pfácilmente cuando no es así no le estaría asesorando bien.

Que antiguamente las comunidades optaran por repartos a partes iguales no esta fuera de la ley pero tiene que ser cuando todos los propietarios estén de acuerdo y no hay otra opción. Lo normal es que las viviendas mas pequeñas no estén dispuestas a cambiar el reparto puesto que salen perjudicadas.

La otra alternativa que tiene es ir al juzgado y denunciarlo pero salvo que los coeficientes estén desmesuradamente mal calculados en la escritura tiene un 100% de posibilidades de perderlo.

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Muchas gracias, le agradezco su interés, perdone por lo reiterado, pero no comprendo que por ley al vecino de enfrente, la comunidad le pueda cobrar la luz, limpieza... casi un 20% más que a mí, cuando utilizamos más que ellos, la luz común el ascensor,..... aunque sea igual, Pienso que la ley no puede dejar en manos de quienes sabiendo que se aprovechan perjudicando a su vecino, la solución del problema, Algo tendrían que hacer los expertos, abogados, Jueces, no sé y abrir una puerta para estos casos. No me siento mal porque mi vecino sabe que en junta le doy la razón.

Reitero , Muchas ggracias por su interés,

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