A mi abuelo le toca ser presidente de la comunidad de vecinos

A mi abuelo le toca ser presidente o tesorero de la comunidad de vecinos, por su salud lógicamente no puede. ¿Hay algún modo de no serlo? Es una comunidad con varias personas mayores pero muy conflictiva. Siempre hay denuncias y si ejerzo yo por el fijo que me toca algo. ¿Qué puedo hacer?

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El art. 13.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, establece lo siguiente:
"El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3 resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial ".
Tendrá que remitir un escrito al Juzgado de Primera Instancia de su localidad reseñando los datos, fecha de nacimiento etc y solicitando al Juez que le exonere de dicha obligación.
No se a qué se refiere con "el fijo que me toca algo", pero usted como no es propietario, no puede ejercer el cargo en nombre de su abuelo.
Ruego cierre y valore
Me han dicho otros vecinos que ni por edad ni por salud se lo iban a conceder por que hay mas que están en esa situación. Si yo lo hago por el sin serlo me denunciaran, pagaría un administrador pero no tengo dinero. Hay algún eximente mas que se pueda alegar.
Y esos vecinos tan ilustrados que tiene su abuelo ¿son legos o profesionales del Derecho?
Usted me hace una consulta, yo le indico lo que debe de hacer, les parezca bien a esos iluminados o no, porque no es competencia de ellos, sino del Juez que dicte el Auto.
Ruego cierre y valore

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