Edad límite para obligar a ser Presidente

¿Existe alguna disposición que permita excusarse de aceptar el cargo de presidente por ser mayor de X años de edad?

2 respuestas

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Como indico en el comentario a isaguiver, el cargo es obligatorio, pero por motivos de salud, por ejemplo, es posible solicitar ser relevado del mismo. La petición debe hacerse en el juzgado.

2. El presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3.ª, resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al presidente en el cargo hasta que se proceda a nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.

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La ley no establece requisitos de edad para ser "exceptuado de ser elegido presidente" solo en os casos que se inhabilita es por trastornos mentales y afines.

Pero como es una dignidad que la comunidad otorga al ser su representante, sencillamente puedes declinar tu nombramiento porque es de LIBRE ACEPTACIÓN eso quiere decir que nadie esta obligado o lo pueden obligar a aceptar un cargo contra su voluntad.

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