Cuantos años han de pasar para que una obra, sin aprobación en junta no pueda ser denunciada?

Tengo muchos vecinos que han cerrado sus balcones, consiguiendo mas metros para su casa, sin tener que escriturar. Algunos lo pidieron en junta y otros no, además fueron obras ejecutadas en diferentes años y no guardan ni las mismas formas, ni color...

A los vecinos que han hecho esa obra sin el permiso de los vecinos, ¿se les puede denunciar o que vuelva el balcón a su estado original? Hay algunos realizados hace años, cuantos años han de pasar para que por ley, ¿no se pueda actuar contra ellos?

Respuesta
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Comencemos por el principio. Cualquier alteración de la fachada (y una terraza se considera fachada) debe llevar aprobación por unanimidad de todos los vecinos, así como no modificar el aspecto exterior de la finca. Si lo hace, se debe llegar a un acuerdo para que todos lo hagan de la misma forma, es decir, se cierren todas (y no quien quiera) y con el mismo color de aluminio o PVC, mismo tipo de ventana.

Dicho esto, como por desgracia casi ninguna finca lo cumple y vemos por las calles de nuestras ciudades ciertos esperpentos de fachadas, al menos en la ciudad de Madrid tras cinco años de un cerramiento sin que haya sido demandado por la comunidad o por cualquier vecino se considera que tiene el consentimiento tácito de la comunidad, y demostrando que la obra ha cumplido los citados 5 años (con una factura, por ejemplo), no tendría que modificarla ni quitarla.

Le advierto que una demanda civil cuesta bastante dinero. Yo intentaría ir al ayuntamiento para que se acercase un inspector de urbanismo a revisar que todos los cerramientos han prescrito o no, y que le informen en dicha visita de los pasos a seguir para intentar no afear la fachada.

www.bgasociados.es

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