¿Se puede rescindir contrato con administrador de la Comunidad"
Nuestra Comunidad ha votado recientemente que se cambie el administrador actual y tenemos previsto elegir al nuevo. Tras la votación correspondiente en Junta Ordinaria, el administrador actual se agarra a su contrato en el que está el siguiente punto “El presente contrato tendrá una duración inicial de un año, que se inicia el día uno de septiembre de dos mil tres. Será prorrogado por anualidades, de forma tácita, hasta tanto la Junta General Ordinaria o Extraordinaria decida prescindir de sus servicios”. Por otro lado la LPH en el punto 13.7 dice, “salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año. Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por acuerdo de la Junta de propietarios, convocada en sesión extraordinaria”
Mi pregunta es, ¿este punto de la LPH nos permite rescindir el contrato y los servicios con el administrador antes de su vencimiento el 31/08/2014 o debemos respetar el contrato?