Procedimiento monitorio por no pagar una derrama

Tengo una plaza de garaje en el sótano de un edificio de viviendas. Hace unos ocho años la Comunidad nos denunció a varios propietarios de garajes por no pagar una derrama de 400 euros para afrontar unos gastos que, entendíamos, que sólo incumbían a los propietarios de viviendas. No entraré en más detalles para no extenderme demasiado.
Lo cierto es que se inició un proceso monitorio que, a día de hoy, todavía no ha concluido, ya que no hemos sido citados a juicio. Evidentemente, si algún día se celebra y la sentencia es negativa, pagaré lo que adeudo.
Mi problema en estos momentos es el siguiente: Quiero vender mi plaza y necesito un certificado de la Comunidad de que estoy al corriente en el pago de cuotas. En realidad nunca he dejado de pagar un recibo (ordinario o extraordinario), salvó el antes referido. No sé si se negarán a dármelo o podrán emitirlo haciendo constar la cantidad que adeudo. Pienso que en ningún caso afectaría al comprador, ya que la reclamación judicial está a mi nombre y creo que sólo a mí me pueden exigir el pago de la deuda. Ignoro si un Notario podría aceptar un certificado en el que conste una deuda como la descrita a la hora de escriturar.
En cualquier caso, me gustaría resolver el asunto cuanto antes, pagando lo que debo sin esperar más, pero no sé cómo podría hacerlo. Se me ocurren dos posibles opciones:
a) ¿Pagar el importe adeudado al Presidente de la Comunidad?
b) ¿Pagar en el juzgado?
En el primer supuesto, si la Comunidad no informa al Juzgado, cabría la posibilidad de que éste me lo reclamase algún día y se duplicará el pago. En el segundo caso, no tengo ni idea de donde ingresar el dinero y como hacerlo para que el abono quede suficientemente justificado y se archive el expediente.

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Me he leído por encima el caso y decirte que si tienes pendiente un dinero y estas denunciado, no se te ocurra meterlo en una cuenta notarial, metelo directamente en la cuenta de la comunidad, así ya no te puede reclamar nadie nada y el presidente o el administrador de fincas te podrá dar un impreso como estas al día en los gastos, de otra forma se complicaría el tema y siempre irían a por ti.

Hola famontero. Muchas gracias por tu pronta respuesta. Me parece perfecto lo de pagar a la Comunidad directamente, pero ¿no crees que el proceso judicial, por su parte, seguiría su curso y cualquier día me podrían obligar a pagar de nuevo la deuda, o incluso que me la embargaran de mi cuenta directamente?. A algún vecino le han hecho eso: le han embargado el importe, sin celebrar juicio.

Lo que dices no es posible o sería ilegal, de la forma que te digo si se llegara a celebra un juicio, tu presentas el pago de la cantidad que debías a la comunidad y se cerraría el caso pagando costas del juicio la comunidad.

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