¿Se puede ser presidenta de una comunidad de vecinos eternamente?

Hace siete años que entré como propietario de un piso en una comunidad de ocho vecinos. Desde el primer día he visto que todos los vecinos tienen problemas con una propietaria que decía ser la presidenta, y que continua siéndolo. A las reuniones, las cuales se hacen cuando a ella le va bien y para tratar sus temas, sólo acuden un chico propietario joven y ella, los demás son inquilinos y una sra. Mayor con alguna patología que todos desconocen. De eso se vale la "presidenta" para hacer siempre su voluntad. Les he planteado reiteradamente contratar los servicios de un administrador de fincas pero la presidenta se niega en rotundo y los inquilinos no quieren saber nada.

La cuestión es que los problemas se van acumulando por filtraciones en la terraza, obras del hijo de la presidenta en los bajos sin permiso municipal, gastos de luz comunitaria individualizados por conveniencias, los bajos de la entrada y toda la escalera comunitaria con el yeso y la pintura saltada, y manchas por todas partes, etc, etc. Encontrándome con la impotencia de no poder hacer nada, soportando los problemas y la suciedad.

MI pregunta es: ¿Qué puedo hacer para que a esta comunidad vuelva la coherencia y se puedan resolver los problemas?

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1.- Me plantea una serie de preguntas y soluciones que voy a intentar desmenuzar, conforme voy releyendo su nota:

2.- "decía ser la Presidenta".- Esto tiene una fácil comprobación que es ver Libro de Actas donde estará su nombramiento.

3.- "Las Reuniones se hacen cuando a la Presidenta de va bien y sobre los temas que le interesan".- La Facultad de convocatoria y los temas a tratar, corresponde al Presidente de la Comunidad.- Para que se hagan Juntas Generales Extraordinarias, se le debe de pedir al Presidente y si este se niega, pueden hacerlo los propietarios que representen, al menos el 25% de las Cuotas de Participación. Sobre los temas a tratar, puede dirigirse al Presidente, de manera fehaciente, aconsejablemente, indicándole el el PUNTO del ORDEN DEL DÍA, que quiere se vea en la próxima Junta General.

4.- Sobre el tema de la participación, no existe obligación legal de asistencia, para los propietarios y los inquilinos no tienen derecho a asistir.

5.- El tema de las averías, si que es obligación de arreglarla la Comunidad, de tal manera que el inmueble, no pierda la configuración y servicios que tenia cuando se construyó.

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