¿Tengo qué pagar cuota de comunidad por el trastero?

Vivo en un edificio de 6 viviendas, las cuales no son todas iguales tienen superficies distintas y tres tenemos ademas trasteros, pero todos pagamos por igual la comunidad, 60€.

Los trasteros están contiguos, pero las vigas y tejado están unidos a la fachada del edificio, así se construyeron hace muchos años.

Los que tenemos trasteros hemos corrido con los gastos de ellos sin que la comunidad participara, como si fueran independientes, pero ahora me he informado en el Catastro y los trasteros no aparecen en parcelas distintas, aparecen dentro de la superficie total del edificio.

Pero los otros tres propietarios, se siguen negando a participar en los gastos de fachada, y tejado de los trasteros, alegando que son solo de nuestra propiedad y ellos no son propietarios y ademas nos dicen, que entonces deberíamos pagar cuota aparte por los trasteros. Pero nosotros tres nos negamos porque, al igual que viviendas de 46m2, pagan lo mismo que viviendas de 63m2, o sea, que no pagan menos, tampoco vemos bien que nosotros paguemos mas por los m2 de los trasteros.

Mi consulta es, ¿Deben ellos participar en los gastos de mantenimiento? ¿Pueden hacernos pagar comunidad aparte por ellos?

No se si me he explicado bien, lo siento.

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Respuesta

A ver si le he entendido bien, de los 6 propietarios 3 de ellos tienen trastero y pagan lo mismo de cuota de comunidad que el resto, pero además por lo que intuyo esto lo lleváis haciendo durante años, por lo que serían derechos adquiridos.

En principio pinta juicio, porque para cambiar la distribución de los gastos de la escalera basta con las 3/5 partes, pero como bien he leído, sois mitad y mitad.

¿Qué dice la ley?.

La ley de la división horizontal de cada finca es un mundo pero la mayoría siempre nos remite a la misma, es decir a la ley de la propiedad horizontal del 21 de julio de 1960 y en su defecto al código civil.

La ley establece que cualquier gasto debe ir a coeficiente, más tienes, más pagas. Esto a veces es injusto, pero es la ley.

Por otro lado, también existen los derechos adquiridos, es decir si llevan toda la vida pagando así (los trasteros están excluidos) será bastante difícil que un juez vaya a vuestro favor.

Mal asunto, lo que recomiendo en estos casos es negociar, a ver que tal. Suerte.

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