¿Qué cuota de comunidad debe pagar un trastero que se encuentre en la cubierta del edificio?
Hemos comprado un trastero que se encuentra situado bajo la cubierta de un edificio tipo buhardilla (provincia de Badajoz). El presidente de la comunidad quiere que paguemos la misma cuota de comunidad que pagan las viviendas. Según él, se paga por propietario. Él posee otro trastero que tienen comunicado con su piso y otro vecino se encuentra en su misma situación y solo pagan por una única vivienda.
Nosotros le hemos explicado que contribuimos con los gastos de comunidad, pero que es un trastero, no una vivienda y no se le puede aplicar la misma cuota. De hecho, no tiene ni luz ni agua. Es decir, el uso que se le da es el de trastero, porque de la comunidad utilizaremos solo para subir. Le intentamos decir que la cuota DE comunidad debería ser por metro cuadrado o llegar a un acuerdo lógico y razonable. Él se niega(pero no paga comunidad por su trastero porque según él se paga por propietario)
¿Qué cuota corresponde en estos casos? ¿Por qué ley se rige donde se especifiquen las cuotas?
1 Respuesta
Respuesta de atrio21