¿Un presidente de com. De vecinos puede firmar un contrato con clausulas que no han sido aprobadas?
Nuestra comunidad de vecinos, firmó un contrato con una empresa de rehabilitación de edificios, para hacer una reforma total, En la junta ordinaria, establecimos todos lo referente a la forma de pago etc y así queó reflejado en las actas, aprobado por mayoría y firmado por el presidente. Finalizada la obra y por retraso en el pago por parte de la comunidad de vecinos, nos encontramos la sorpresa de que aparte de lo que debemos a la emppresa, nos parasan varios miles de euros de intereses por demora, miramos todas las actas aprobadas en las esucesivas juntas de vecinos, y en ninguna de ellas aparece nada que haga referencia, al abono de intereses financieros a la empresa por demora en el pago de las cuotas pendientes. Nos muestran el contrato y en el contrato, aparece una clausula puesta por la empresa en donde se refleja que a partir de una fecha determinada sobre lo que quede pendiente de pagar se aplicará un interés mensual determinado. Entonces nuestro precidente firmó un contrato en el que por un lado está fielmente reflejadas las clausulas, que aprobamos en cada junta ordinaria y que coinciden con las
que acordamos con la empresa, pero en ningún acta, queda reflejado que nosotros haya-
Mos aprobado en ningún momento esa clausula por el cobro de intereses de demora y al
no ser así, aunque el presidente haya firmado el contrato, la clausula de los intereses es
nula de pleno derecho ya que la comunidad de vecinos, no estaba en conocimiento de
la misma y por lo tanto no aprobada ni consentida. Mi pregunta es la siguiente, si esa
clausula para la comunidad de vecinos es nula de pleno derecho ¿es el presiente el
responsable subsidiario quien debe pagar los intereses por firmar el contrato quizás sin
darse cuenta de la existencia de esa clausula acusado de negligencia involuntairia el que
debe de abionar los intereses a la empresa? .