Irregularidades del Presidente

Tengo una duda respecto a una irregularidad que ha pasado en mi comunidad ya que se están buscando presupuestos para realizar una obra de piscina etc en la zona común y el presidente de la misma contacto por su cuenta con un arquitecto para que le realizara el proyecto.
Nosotros lo único que decidimos fue la distribución del mismo, es decir como nos gustarían donde estuvieran las cosas, y el presidente y el arquitecto organizaron todo pero la obra es demasiado ambiciosa para lo que necesitamos un movimiento de tierras muy grande que no es necesario.
Pero este proyecto fue aprobado por el presidente y visado en el colegio de arquitectos sin conocimiento de ningún propietario, ni tanto del importe que nos cobraba el arquitecto ni de como era el proyecto en si, ya que nadie lo conocía excepto el presidente, ¿este realizo el pago del mismo 28.000? Sin autorización de nadie.
Puede gobernar el presidente de esta manera es decir salir dinero de la comunidad sin autorización ni conformidad de nadie, ¿no tendría que coger presupuestos alternativos de arquitectos ya que puede que sean amigos o vayan a medias y no hay manera de saberlo. Se le podría denunciar por esto?

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..."Los actos del presidente vinculan a la Comunidad frente a terceros sin perjuicio de su propia responsabilidad. Frente a tercero, (en este caso el arquitecto), lo decisivo es que el acto devenga del presidente de la comunidad, ya que de ser así, tanto la contratación como la no renovación o resolución contractual es válida y eficaz con total vinculación para la comunidad de propietarios que debe responder del mismo, sin que ésta pueda escudarse en que el presidente no contaba con un previo acuerdo comunitario y todo ello sin perjuicio de la relación interna ente el presidente y la comunidad, pues ante una situación de actuación sin previo acuerdo, puede la junta de propietarios removerle del cargo (Art. 13.7 de LPH ) e incluso exigirle responsabilidad civil con arreglo al Art 1101 del C.C"
Esta arguemtnación la da el TS en referencia a unas actuaciones de un presidente sin el consentimeinto expreso de la Comunidad, un caso muy similar al planteado por ud. Es decir, evidentemente el presidenrte se he extralimitado en su actuación ya que no hay aprobado realmente una obra como tal, pero si es verdad que presidente es y nombrado por junta luego a efectos de terceros afectados por su actuación extralimitada, no tienen estos la culpa de esta situación. Deberán entonces, ademas de remover al presidente de su puesto, reclamarle vía civil si lo creen conveniente pero, a no ser que pudieran demostrar que el arquitecto conocía kla extralimitacion del presidente, éste no tienen responsabilidad.
Con respecto al pago, ídem del lienzo, el tiene firma en el banco y nadie le va a pedir, porque no funciona así, una copia del Acta donde diga que se puede pagar ese dinero; se sobreentiende que esa facultad viene sobrevenida con el cargo.
Como conclusión, frente a terceros, si no hay dolo, las actuaciones del presidente tienen validez en general pero a la vez el presidente es responsable de sus actuaciones y no siempre como representante de una comundiad sino a veces a nivel personal; estaré podría ser el caso.
Muchas gracias por su respuesta pero tengo una duda es que se que frente a terceros tiene toda la validez y no le podemos exigir nada, pero a nivel personal o como presidente de la comunidad ha contratado con una persona y pagado un importe elevado sin conocimiento de ningún vecino, la obra no la contrato pero el proyecto si y pagado un importe y según esto nos obliga a hacer la obra de la manera que el quiere y sino es así perdemos 28000 y tendríamos que hacer otro proyecto.
Por eso mi pregunta es, se podría ir contra el por gobernar sin consentimiento expreso o pagar estas elevadas cantidades si autorización por que igual que han sido 28000 euros podrían haber sido 100.000 euros, ¿esta persona no tiene ninguna responsabilidad ante esto?
Por que como sabemos que no están compinchados o que van a medias no hay ningún tipo de control o que el dinero no salga del banco sin la autorización de al menos dos personas.
Muchísimas gracias
Como le comenté en mi respuesta anterior, por supuesto que si pueden exigirle responsabilidades civiles 8art. 1101 CC) y adrmas removerle del puesto.
Lo que le he querido aclarar que al margen de la responsabilidad que si que debe asumir y uds. reclamar, los actos realizados no deben afectar a terceros; el proyecto esta hecho y bien hecho y pagado porque está hecho; ahora bien, uds. no tienen que asumirlo si no quieren. Les recomiendo que hablen con el arquitecto que lo ha realizado, le expliquen la situación y debatan con el lo que quieren. Podría por ejemplo, si tienen que hacer otro proyecto, acordar reducir del coste de dirección de obra (si fuera necesario) en la proporción de elo que les cueste las modificaciones por ejemplo.
Confío en que tengan una pronta solución

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