Impugnar reunión no convocado

En mis problemas con mi administrador el lunes pasado convoco reunión a los vecinos para queel miércoles de la misma semana celebrarla, a mi no me llego la convocatoria y se ha celebrado. ¿Se puede impugnar por no avisarme? ¿Cuantotiempo tengo para impugnarla? He salido de secretario, ¿tengo qué firmar el acta aunque no haya estado en la reunión?

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Si puede impugnarla y tiene un año para hacerlo art. 18.3 LPH

No puede firmar un acta en el que no ha estado porque esta dando fe de algo que no sabe si ocurrió.

Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html

Muchas gracias optimizo, por ultimo y sin animo de molestarle otra vez, no he visto el acta todavía pero me comento que habían aprobado reclamarme judicialmente la deuda que según el tengo con la comunidad, pero yo lepresente los recibos y me dijo que se ls dejara que debe ser un error informático, mi mujer no me dejo que se los dejara y me comento que me los reclame, que el administrador tiene las de perder? Que debería hacer ?

Muchas gracias

Tiene un año para impugnar Art. 18. A LPH, el problema es que la impugnación no paraliza el acuerdo con lo que casi seguro llegará antes el procedimiento monitorio art. 21 LPH que la impugnación y va a tener que pagar abogado para ambos procesos aunque luego lo pueda recuperar (que no es seguro).

Yo le aconsejo que "mas vale un mal acuerdo que un buen juicio" si puede demostrar el pago déjele copia al administrador y zanje el problema, pero es un decisión suya.

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