División trastero comunitario con tabiques

Vivo en un edificio con 9 vecinos (5 vecinos Letra A y 4 vecinos Letra B) que dispone de 2 trasteros comunitarios separados y 2 terrazas para tender, separadas, en la azotea. Desde hace aprox 30 años, tanto los trasteros como las terrazas, están repartidos, 1 para los vecinos de la Letra A y 1 para los vecinos de la Letra B; pero el Administrador de la finca no tiene constancia de que dicho reparto se pusiera por escrito en su dia. Estamos buscando si aparece alguna documentación.
En cualquier caso, recientemente, se convocó una reunion de propietarios (se convocó al 100%), para hablar de la limpieza y division del trastero que usamos los vecinos de la letra A, con cargo unicamente a nuestros bolsillos y se votó ir adelante, por unanimidad, con asistencia a la reunion de un 60% de los vecinos del total de la finca.
Por lo que contratamos un servicio de limpieza para vaciar de trastos viejos el trastero, que ya hemos pagado unicamente los vecinos A, y hemos pedido presupuesto para que nos coloquen unos tabiques de Pladur, para ordenar un poco el espacio que compartimos los 5 vecinos que usamos el trastero.
Ahora nos han comunicado que un vecino se opone a que hagamos la reforma. Este señor, es vecino Letra B, tiene asignado por Costumbre o legalmente el trastero para las Letras B; y se opone sin motivo expreso detallado, a que los vecinos de la Letra A, arreglemos nuestro trastero, asumiendo unicamente nosotros, todo el coste, alegando que es un espacio comunitario y que él, tambien tiene derecho a decidir.
Mi pregunta es: Si se le convocó una reunion de propietarios para hablar de la limpieza y division del trastero que usamos los vecinos de la letra A, con cargo unicamente a nuestros bolsillos y él no se presentó a dicha reunión, en la que se votó ir adelante, por unanimidad, con asistencia a la reunion de un 60% de los vecinos del total de la finca; ¿Puede impedir ahora que sigamos adelante? Tenemos algun derecho aunque sea unicamente generado por la Costumbre, a gestionar de manera independiente la limpieza y la ordenacion del espacio comun que tenemos asignado (trastero A), ¿sin causar perjucio a los vecinos que tienen asignado el otro trastero?

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Si se decidió por unanimidad y el vecino no asistió a la junta su oposición no vale de nada, puesto que tienen el 60% de los votos en virtud del art. 17.4 LPH

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