¿Puede un presidente de comunidad de propietarios contratar a un administrados a titulo personal?

Mi padre es una persona mayor y tiene ciertos problemas de escritura y lectura. Pretende que uno de sus hijos le ayude a llevar la comunidad de propietarios y acompañarle en las reuniones que se celebren en la comunidad. Es estas reuniones estaría siempre presente mi padre (propietario y presidente) y su hijo que le ayudaría a explicar las cuentas, lectura de actas, redacción de las mismas, ... No se si esto es posible y legal. Algún vecino se niega a esto, aunque en otros casos si se ha permitido. Muchas gracias

Respuesta
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No hay ningún tipo de problema es más puede asistir el en representación alegando motivos de salud, lo que no puede es sustituirlo ni firmar ningún documento. La figura del presidente es personalísima pero la representanción en junta está permitida.

Muchas gracias por la pronta respuesta. Mi padre estaría presente en todas las reuniones y firmaría todos los documentos y actas. Al estar presente entiendo que la representación también se puede dar?. Gracias. En que artículos o en que leyes se puede basar para refrendar esto?

Ley de propiedad horizontal, busque por representar propietarios.

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