Cerramiento y guarda 24 hs
Mi Comunidad de propietarios ha efectuado el cerramiento de la finca y el Ayuntamiento nos exige una "presencia física" de guarda o conserje durante 24 hs para poder poner motorización a las puertas de vehículos. Mi pregunta es la siguiente : ya que la Ley de Propiedad Horizontal permite que sean los propios vecinos, en turnos rotatorios, los que se encarguen de la limpieza de la finca ¿sería posible hacer lo mismo con el puesto de guarda? Hemos cerrado por motivos de seguridad y ahora no nos dejan cerrar las puertas. Si tuviésemos dinero para contratar guardas jurados durante 24 hs ni siquiera hubiésemos necesitado cerrar.
Respuesta de Optimizo Administracion de fincas
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