Libro de actas comunidad de propietarios

Hola

quisiera saber si es obligatorio que en las juntas de propietarios este presente el libro de actas, y si el administrador no lo presenta, ¿que se puede hacer?, ¿se puede suspender la reunión?

gracias

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El libro de actas es para recoger las actas no para pasearlo, por lo que no es necesario que esté en la reunión.

El libro de actas es de la comunidad y está en custodia del administrador.

Y no no se puede suspender la reunión.

de acuerdo con su respuesta, pero lo que ocurre es que por parte del secretario-administrador (que es también propietario) se niega a presentarlo cuando se le solicita, al igual que los libros anteriores, en los cuales hace falta consultar unas actas y dice que se han perdido, pero el utiliza fechas de actas de esos libros anteriores para cambiarnos la cuota de participación, así que no podemos comprobar dicho acta, así como estar cobrando mensualmente por el cargo sin que se le hubiera autorizado para ello.

gracias

Eso que nos indica es tema diferente, el administrador debe tener a disposición de los comuneros el libro de actas o los libros de actas. Si requerido para ello se negara a facilitarlo se debe acudir al juzgado de guardia para que lo requiera inmediatamente puesto que el no poder consultar dicho libre crea un grave perjuicio e inmediato para usted y el resto de la comunidad.

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