Me gustaría conocer la ley que permite la instalación de un ascensor ocupando espacios de las vivien

Hola tal y como comento me gustaría conocer los detalles de la ley que permite a una comunidad instalar un ascensor ocupando parte de espacios de las viviendas para ello, incluso llegando a expropiación de la misma. Es en Ourense. Gracias.

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No hay ninguna ley en concreto es por jurisprudencia y doctrina.

OK, me lo podrías explicar como si fuera un niño de 10 años??? gracias.

Debido a que se considera que el ascensor es un elemento imprescindible para una vivienda digna (como dice la constitución) se entiende que su instalación es un derecho casi constitucional, para lo cual se entiende que si se desea instalar no puede haber ningún tipo de impedimento. Por ello si fuere necesario se procedería a hacer una servidumbre sobre la propiedad que fuere necesario, claro esta indemnizándola y siempre y cuando no elimine dicha propiedad, es decir que si se le quita a un local de 100m2 10 metros cuadrados pues no habría un problema de que ese local dejara de ser funcional.

Por ello si se acuerda la instalación de un ascensor nuevo y no hay ninguna otra manera de colocarlo y este tiene que hacerse con una servidumbre pues el juez suele expropiar esa parte del local o piso.

Nuevamente le recuerdo que cada caso es un mundo y cada juez también por lo que hay que valorar el caso en cuestión con informes y demás para tener un detalle de lo que puede pasar en el juicio.

Asimismo recomiendo hable con un abogado de la zona que conocerá el juzgado de su localidad y sabrá más o menos por donde suelen tirar los jueces.

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