Cerramiento ilegal terraza

Hace ya 6 años que cerramos la terraza de nuestro ático con una habitación de obra. La pregunta es: ¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que no nos puedan denunciar o derribar la obra ilegal?

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A efectos municipales, si en 5 años el Ayuntamiento no ha abierto un expediente, la infracción prescribe y ya no procede considerar la obra ilegar.
Por la vía civil (es decir, un vecino) uno adquiere el derecho de uso después de 15 años de uso continuado demostrable (como los okupas).
Así que salvo que a algún vecino o a la comunidad no les caigas bien, por parte municipal la infracción ya está prescrita.
Disculpa pero no entiendo lo de la "vía civil". ¿Podrías explicármelo un poco más?
Gracias por tu respuesta
Por cierto, en caso de denuncia por vía civil de un vecino (graciosillo)¿El ayuntamiento obligaría a derribar la construcción o impondría una sanción económica? Y en caso de sanción ¿de qué cantidades estaríamos hablando, teniendo en cuenta de que se trata del municipio de valencia? Tenemos dos obras (habitaciones) una del 1996 y otra de 1999 de unos 12m cada una, con la autorización de acuerdo de vecinos.
Gracias por todo.
Si es un procedimiento civil, el ayuntamiento no pinta nada. Se va a un juicio y es el juez el que dicta sentencia. Una sanción nunca legaliza una ilegalidad. Ya sería un procedimiento civil es difícil decir lo que cuesta y lo que depara la justicia.
Para más aclaración de lo que es una vía civil y lo que supone, te recomendaría que consultaras un abogado.

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