Defensa jurídica

Buenas noches...
Espero que alguien me pueda aclarar una duda que tengo...
Hace aproximadamente 2 años tuve un problema laboral y contraté un abogado para las demandas y los juicios... En total pague unos 3000 Euros al abogado...
Hace unos días un compañero me preguntó si todo esto lo había enviado al seguro para que me lo abonaran...¿?
Desconocía todo esto. Alguien me puede aclarar si estos gastos debería reclamárselos a mi seguro del hogar, ya que tengo contratada la defensa jurídica.?
Gracias de antemano por vuestro tiempo

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Que yo sepa no es posible que un seguro de hogar te cubra la asistencia jurídica de tu trabajo.
El riesgo que se asegura es una vivienda, y la asistencia jurídica será para los daños que pueda sufrir la vivienda. También tienes asistencia jurídica por la responsabilidad civil de daños que puedas causar a un tercero, pero eso ya es otro tema.
Gracias por contestar...
Por lo que me habían comentado (y lo hablo todo de oídas), al tener contratada la defensa jurídica el seguro debe gratuitamente o bien asignarte un abogado propio y abonarte el coste del que tu elijas para cualquier problema judicial que te pueda surgir...
De echo, y creo que si estaría relacionado, mi padre hace unos años se tropezó en la calle por una acera en mal estado y tuvo que denunciar al ayuntamiento. Pues bien, todos los gastos de abogado se los pagó el seguro...
A esto es a lo que me refiero... El caso de mi padre tampoco tiene que ver con daños en la vivienda...
Ya pero en todo caso no tiene relación con un problema laboral.
Al igual que la R. Civil te cubre daños que causes a un tercero en la vía pública, la asistencia jurídica te puede cubrir en reclamaciones similares, pero habría que revisar bien la póliza, pero el caos que planteas no lo veo posible.
Gracias de nuevo por tu tiempo...
Esta mañana he estado hablando directamente con mi seguro. Me cubren todo. Me han explicado que me cubren un máximo de 3.006 euros al tratarse de un problema laboral. Me indican también que estaría exluido por completo de la póliza si el problema fuera por lo penal, pero al ser juicios de faltas está cubierto con la asistencia jurídica contratada.

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