Defectos internos

¿Cuándo deja de tener responsabilidad un constructor en unas casas anteriores a 1999?
¿Qué tipo de averías de desagüe cubren o no cubren los seguros? GRACIAS.

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Rociano, perdona el retraso pero estaba de vacaciones.
En cuanto a la primera consulta, más bien sería para un letrado, no para un técnico como yo, profano en la materia sobre Responsabilidad Civil. Debería inundarme de textos legales para contestarte con certeza, pero creo que la Responsabilidad en vicios y defectos de construcción/instalación es de 10 años, incluso antes de 1999, lo que ocurre que en ese año se publicó el Real Decreto que obligaba a contratar un seguro Decenal de daños en la construcción, de forma que aunque desaparezca el promotor/constructor (se daba el caso que cambiaban el nombre de la sociedad periódicamente para evitar responsabilidades) la compañía de seguros tiene que hacerse cargo.
Repito que en el periodo de responsabilidad no estoy seguro, por lo que algún experto de la categoría de abogacía te informará más fehacientemente.
En cuanto a tu 2ª pregunta: Normalmente se cubren todas aquellas averías que no sean trabajos de mantenimiento o conservación, por ejemplo, no se suele cubrir la reparación de un emboce (mantenimiento), si están las tuberías viejas no te las van a poner nuevas (conservación). La reparación de una tubería rota siempre queda cubierta pero únicamente el tramo donde está la rotura. En cuanto a los daños causados por el derrame de agua, sea cual sea la causa están cubiertos, salvo que se trate de humedades prolongadas, o la casa esté deshabitada y no hayas cerrado las llaves de paso. Tampoco cubrirán todas aquellas averías que procedan de vicios ocultos o defectos de construcción, y algunas compañías no cubren la reparación de tuberías vistas, es decir que no estén empotradas.

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