El seguro del hogar no quiere hacerse cargo de los daños

Resulta que por la rotura de la goma de la lavadora, se me inundo la vivienda ocasionándome daños a mi y a terceros. La vivienda la reforme totalmente, hace menos de un año, incluida la fontanería. El perito después de valorar los daños, ahora me pide la factura de la instalación de la lavadora, para repercutir sobre el instalador, lo oportuno, por que entienden que al ser prácticamente nuevo algún fallo en la instalación puede haber, ( en la goma o en la instalación). Yo no conservo ninguna factura, ni forma alguna de contactar con el instalador, ya que tire el teléfono, y no tengo forma alguna de localizarlo. El perito me dice que si no le doy factura o datos del instalador, el seguro no se hará cargo de los daños a terceros, de los daños míos si se hará cargo. ¿Esto es así o no?.

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No debería ser así.

Es la primera vez que lo oigo,

Es una manera de quitarse la Aseguradora las pulgas de encima.

Es como buscar debajo de las piedras una justificación de algo casi injustificable.

Me explico:

Por la garantía de -daños agua-, no existe ningún argumento que justifique la exclusión de cobertura (de ahí que le digan le van a pagar los daños de Ud.).

Luego, por la propiedad del bien que origina los daños es Ud. el responsable, y su garantía de responsabilidad civil debería ampararle por los daños ocasionados a terceros (vecino inferior).

Lo que está haciendo su aseguradora (o más bien el perito de su aseguradora, que a la postre es lo mismo) es, primero, intentar conseguir poder repetir contra alguien, y para ello, busca cualquier motivo, y le cuasiamenaza a Ud. que si no le da el nombre del instalador, no atenderá los daños del vecino inferior.

También me sorprende que un perito tome tal decisión, pues en principio, el cometido del perito es otro distinto. Es decir, quien debería decidir si se atiende o no los daños al vecino sería el tramitador de la Aseguradora. Tal vez han recibido instrucciones muy concretas al respecto (lo cual es muy posible porque últimamente las aseguradoras hacen lo indecible), o podría ser un farol para conseguir la información que necesita.

Vamos a la goma:

Claro, si la goma se suelta, el culpable es el instalador, pero... ¿y si la goma se rompe?, entonces el culpable sería el fabricante... ¿acaso este reclamaría al suministrador del pvc por ser este deficiente?... y ¿Reclamaría el suministrador a la petrolera?... ¿Y estos al perforador?... no acabaríamos nunca.

Quiero decir, responsabilidades piramidales puede y suele haberlas, y generalmente se consideran en caso de siniestros muy importantes (de mucho dinero); pero aquí, a falta de instalador, fabricante, etc.; nadie puede dudar que es Ud. Es el propietario de esa conducción, y ud. es el primer responsable, de ahí, que con independencia de la posibilidad o no de poder repetir su aseguradora contra un siguiente responsable, su obligación es la de indemnizar por cualquier hecho cubierto del que resulte Ud. responsable.

Imagine que en vez de romperse la goma de la lavadora se rompe una tubería de alimentación de cobre (que suele ocurrir)... ¿quiere decir que si no le da el nombre del fontanero que hizo la instalación no indemnizarán al vecino perjudicado?.

¿Acaso ha diferencia en el origen que ocasiona los daños si se trata de una goma de lavadora o de una tubería de cobre?.

Creo que, en lo que a Aseguradoras se refiere, hemos tocado fondo.

Ahora imagine que el vecino le demanda a Ud. (que sería lo normal)...

¿Qué le dirá su aseguradora al juez?... ¿Acaso le dirá que el responsable es el instalador de la goma?... Un juez le condenaría a Ud. y/o a su aseguradora, por ser Ud. el propietario del bien que ha originado el daño... Y su aseguradora, como tal, deberá (o debería) atender dicha demanda/sentencia... porque es lo que cubre el seguro y es lo que le cubre a Ud.

entonces... ¿qué diferencia hay, si la reclamación del vecino es judicial y sabemos que habría que pagar, con si la reclamación es amistosa?

Ninguna.

Por tanto, su aseguradora se ampara en criterios e interpretaciones difícilmente justificables con las que pretende justificar algo que, en mi opinión, tiene poca justificación (aunque tampoco puedo decir que lo que hacen sea ilegal, dado que la responsabilidad no sólo es interpretativa, sino que sólo ellos son quienes en el ámbito extrajudicial pueden y deben decidir en última instancia si asumen o no la responsabilidad en su nombre).

Ojo... no estoy diciendo que ellos deciden si es o no Ud. responsable, sino que ellos deciden si le consideran o no a Ud. responsable y, en consecuencia, si atienden o no a un tercero perjudicado.

Son dos cosas distintas.

En pocas palabras, lo que hacen es fastidiarle porque el vecino es ajeno a la película, y le importa un pimiento quien instaló el manguito. Lo único que sabe el vecino es que un bien de Ud. le ha ocasionado daños, y ud. es el responsable (es decir, el vecino pensará lo mismo que pensaría un juez).

Por tanto, en mi opinión nadie se merece una aseguradora como la de Ud. (... a ver si será la mía también¡).

Ya le digo... en un año he visto más barbarie aseguradora que en la última década (y eso lo ha provocado la crisis).

Si su vecino tiene la suerte de tener contratado un seguro de hogar decente, puede arreglar sus daños a través de su seguro, y luego, su seguro podría repetir al de Ud.

Propóngaselo a su vecino.

No sé que más decirle.

Lo siento.

Cris.

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