Detección de incendios

Buenos días quisiera que me resolviera un asunto de detección de incendios, tengo una comisaria de policía, que hemos ido ha hacerle la revisión y mantenimiento nos encontramos que solo tiene un central de incendios y 4 sirenas, no tiene detectores y pulsadores, le hemos dicho que hay que instalar detectores de humo, calor, pulsadores, o sea hacerlo otra vez nuevo, la comisaria tiene unos 2700m2, tiene 2 años y medios de antigüedad, hemos hablado con el proyecticta y nos dice que tiene la instalación mínima, ME PUEDES INDICAR SI ESTO ES CIERTO

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Perdona por la tardanza pero se me acumula el trabajo...
Verás las dotaciones de incendio como sabrás vienen recogidas en las normativas de incendios, siendo lo más seguro la NBE CPI 96 la que afectara a este inmueble, ya que el CTE no creo que le fuera de aplicación cuando se redactase ese proyecto.
Entre las cosas que tienen influencia en la dotación seria la superficie, la ocupación (uso), la altura de evacuación y la distancia de evacuación
Así que de entrada parece la dotación que comentas bastante escasa, aunque más o menos te comento lo que debería tener:
- Extintores cada 15 m.l. de recorrido, debidamente señalizados.
- Bocas de incendio (ya que la sup es mayor de 2000 m²), debidamente señalizados.
- Detección y alarma: Se dispondrán detectores en el interior de los locales y de las zonas de riesgo alto y pulsadores manuales en todo el edificio. Los detectores serán térmicos o de humo, según la clase de fuego previsible.
- Rociadores automáticos: No es preceptivo.
- Columna seca: Si la altura de evacuación fuera mayor de 24 m (que creo que no será el caso).
En resumen, tiene que tener extintores, detección y alarma y bocas de incendios equipadas, por lo tanto tienes razón y no se puede decir que exista un mínimo, verás siempre se pone lo que establece la normativa. Todo esto es con la CPI, el CTE es más restrictivo aún.
Si no cumpliera deberéis advertir a los "propietarios" del inmueble de esta circunstancia y subsanarla ya que es un edificio administrativo.
Saludos, si tienes alguna duda quedo a tu disposición.
Buenos días, tendría que tomarlo como edificio administrativo o de publica concurrencia, un saludo y gracias por tu respuesta
Yo lo entiendo como administrativo, aunque eso conlleva que sea de pública concurrencia.
Además tienes la salvedad que existen zonas de celdas, que la protección debe ser alta o especial.

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