Proyecto y LIcencia

Estimad@ arqdvd,
quiero comprar un terreno urbano que tiene proyecto y licencia en el Ayuntamiento para construir una casa.
El problema es que ahora no puedo construir por falta de liquidez, y cuando pueda no va a ser la casa proyectada, va a ser más pequeña que el proyecto actual para el que está concedida la licencia. ¿Puedo hacer una modificación de proyecto y licencia?, ¿O tengo que hacer un nuevo proyecto y sacar una nueva licencia en el ayuntamiento?. En caso de poder hacer una modificación, ¿Qué costes puede llevar?, ¿Se puede parar la licencia y ejecutarla cuando pueda construir?.
¿Cuál sería para usted la mejor forma de actuar en este caso que quiero modificar el proyecto y construir cuando pueda hacerlo si actualmente se dispone de una licencia para un proyecto mayor?
Sin otro particular, te mando un saludo

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Respuesta
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En su caso el que la parcela tenga proyecto y licencia para construir no supone ninguna ventaja.
Cuando se otorga licencia para un proyecto normalmente se dispone de 6 meses para el inicio de las obras y de 24 meses para la finalización. Si no se ejecuta en esos plazos siempre se puede pedir una prórroga con unos gastos añadidos.
En su caso al variar el proyecto en sí no le serviría la licencia del ayuntamiento ya que éste ha dado permiso para construir la casa A y no la casa B ni la A1. Al modificarse el proyecto sustancialmente o ser otra construcción como comenta, debería realizarse un nuevo proyecto y pedirse una nueva licencia.
Este sería un punto a su favor al pedir una rebaja del precio de la parcela al vendedor.
La mejor solución en su situación sería comprar la parcela (con la correspondiente rebaja ya que seguro que le están incluyendo los gastos de arquitecto y licencias del ayuntamiento) o ver otra parcela que le guste.
Sobre la licencia debería esperar a cuando quiera construir su vivienda a realizar el nuevo proyecto y sacar la licencia del ayuntamiento ya que, por un lado no dependerá de prórrogas de licencias ni gastos relacioneado y por otro, si en el transcurso del tiempo cambia alguna normativa o disposición al respecto sobre las viviendas, la suya estará adaptada y no deberá realizar cambios.
Voy por partes, normalmente ¿Qué gastos conlleva solicitar una prórroga?.
Si solicito una nueva licencia para el nuevo proyecto, ¿Las cantidades satisfechas en el ayuntamiento por la anterior licencia se pierden?, ¿Hay forma de recuperarlo?. ¿Qué gastos conlleva solicitar una nueva licencia?.
El proyecto actual que dispone de licencia son 270 M2, mientras que yo, cuando pueda en el futuro, quiero hacer una casa de 150 M2. En este caso que le planteo, desde el punto de vista económico, y como profesional, ¿Qué me recomienda hacer?.
En el último párrafo de su respuesta me comenta que "... si en el transcurso del tiempo cambia alguna normativa o disposición al respecto sobre las viviendas, la suya estará adaptada y no deberá realizar cambios." ¿A qué cambios se refiere?. ¿Puedo tener problemas para conseguir la licencia en el futuro?.
Sin otro particular, le agradezco la atención prestada.
- La prórroga se suele situar en un 50% del coste de la licencia aunque depende de cada ayuntamiento.
- El dinero de la licencia es restituido si no se construye el inmueble. Una vez expirada la licencia si no ha construido el inmueble puede reclamar el dinero a su ayuntamiento y este se lo devolverá (con el pertinente retraso) sin mayores problemas.
El único gasto que deberá repetir, por decirlo así, será las tasas del ayuntamiento por el expediente de licencia, es decir los gastos relacionados con la revisión del proyecto y su tramitación. No se preocupe suelen ser cantidades muy pequeñas.
- Para conseguir la licencia es necesario satisfacer también el impuesto de construcciones y obras o también llamado ICIO. Este impuesto se basa en un porcentaje del presupuesto del proyecto y/o de la superficie construida. El actual proyecto ha pagado casi el doble de lo que pagará usted en su momento por el de 150 m2. Compruebe este hecho y su posible devolución.
- Sobre el cambio de normativas:hace poco que ha cambiado el código técnico de edificación pero siempre pueden haber modificaciones con el paso del tiempo, así como en accesibilidad, habitabilidad y las normativas municipales. Imagine que dentro de un año su ayuntamiento decreta por ley que las nuevas casas que se construyan deben tener un tejado a dos aguas de teja azul. Si su proyecto actual no cumple con esa normativa debería hacer una modificación del proyecto con el correspondiente gasto en tiempo y dinero.
Mi consejo es que una vez tenga decidido y claro que va a hacer su nueva vivienda, llame a un arquitecto y proyecten juntos su casa acorde con las normativas existentes. Ahorrará tiempo y gastos.
Un saludo.
08023 ARCHITECTURE+DESIGN+IDEAS
www.08023.es
El dueño del terreno me dice que el ayuntamiento no me devolverá nada del dinero de la licencia ¿Por qué puede decir ésto?.
Cuando dice "El único gasto que deberá repetir, por decirlo así, será las tasas del ayuntamiento por el expediente de licencia, es decir los gastos relacionados con la revisión del proyecto y su tramitación. No se preocupe suelen ser cantidades muy pequeñas.", ¿A qué se refiere con repetir?, ¿Cuándo?.
Muchas gracias.
Si no se construye el proyecto al que se le ha otorgado licencia el ayuntamiento devolverá el dinero de la licencia del proyecto no construido al promotor del proyecto que ha realizado el pago. El promotor del proyecto que no se construirá no es usted pero puede descontar la parte correspondiente del precio de la parcela.
Cuando se pide una licencia existen una serie de gastos por parte del ayuntamiento de apertura de expediente, horas de secretariado, horas de técnicos municipales, que certifican el proyecto, etc. Esas son las tasas propias de la licencia que deberá abonar nuevamente si desea obtener una nueva licencia, diferentes del impuesto de la licencia que se retorna en caso de que el inmueble no se lleve a término.

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