Licencia de primera ocupación

He heredado una vivienda que dispone de contador de luz, agua y gas que no son de obra, sino definitivos. Además la vivienda tiene cedula de habitabilidad. Pero carece, según me he informado en el Ayuntamiento, de licencia de primera ocupación. ¿Vale la pena que lo gestione o no? Ya que tengo entendido que dicha licencia es necesaria para obtener los servicios de luz, agua, gas, etc. Muchas gracias.

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Aunque la normativa y nombres de los documentos en España es diversa, según cada comunidad e incluso por municipios, hay que clarificar que normalmente la Cedula de habitabilidad equivale a la licencia de primera ocupación, dudo mucho que esos documentos sean distintos.

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