Necesito orientación sobre un plan urbanístico

Quiero realizar una reforma en casa. En principio sería cambien la cubierta. Es un tejado normal a dos aguas. Lo que quiero realizar son lo que creo que se llaman mansardas. Vienen siendo unas ventanas con tejado que sobresalen del propio tejado. No sé si me explico. De estos temas no entiendo. Lo que pasa es que he estado revisando el plan urbanísitico de mi zona y no sé interpretar muy bien lo que dice. Literalmente pone: "Se podrán realizar mansardas con una ocupación en la fachada o en proyección sobre ella que no sobrepase el 30%, con cubiertas que verifiquen las condiciones del resto de ella (altura máxima de cumio 4,00 m y pendiente máxima 50%). Si alguien me pudiese ayudar a comprender lo que dice. Repito, soy negada en estos temas.

Gracias, gracias y más gracias.

Saludos,

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Que se pueden amansardar las cubiertas siempre y cuando la superficie de la fachada ocupada por las mismas no exceda del 30% - entiendo de su longitud-

Si tiene alguna duda, póngase en contacto con los servicios técnicos municipales que tienen la obligación de informarle adecuadamente.

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