OBRAS en suelo rústico

Buenos días, en referencia a la pregunta que le realicé el día 6 de febrero sobre si podría hacer unas pequeñas reformas en mi vivienda porque la estructura estaba uhn poco dañada del paso del tiempo, le informe de que mi vivienda era "rústica proteida", después de mirar en catastro virtural he visto que es simplemente "rústica". ¿afecta esto la normativa de que no puedo arreglar mi vivienda?. Muchas gracias

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El catastro no define la situación urbanística de su vivienda, ya que, no tiene validez, el catastro es un simple registro de cara a cobro de impuestos, es la normativa urbanística (PGOU de su municipio) la que define lo que se puede hacer.

En cuanto a que sera rústica o rústica protegida, la respuesta es práctiamente la misma, lo mejor es acercarse al ayuntamiento y preguntar, ya que influyen muchas cosas, para empezar la Ley del Suelo, que son distintas en cada comunidad (aunque muy parecidas), el Reglamento de Disciplina Urbanística y finalmente el PGOU de su municipio.

Consultadas las tres y lo que piense o interprete el arquitecto municipal acerca del incremento de valor de la finca, así será la respuesta.

Luego si volvemos a formular la pregunta

¿Me pueden denegar permiso de obra en una zona rústica?

Si, si se lo pueden denegar, pero si no pregunta en el ayuntamiento, no lo sabrá y es el único y mejor sitio para preguntar, aquí podemos orientarle, pero no dar la respuesta.

Lleve unas fotos de ese balcón y pregunte, que no muerden.

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