Protección contra Incendios

Tengo que revisar una nave industrial que se ha acondicionado para poner un centro de venta por teléfono, y a la hora de revisar la instalación contra incendios, no se si clasificarlo como local administrativo y aplicar la CPI-96 o como local industrial y aplicar el RD 786.
Alguien sabe que tipo de local es.
¿Si fuese industrial, lo podría clasificar como Oficina Comercial?
Gracias por vuestra ayuda

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El Reglamento de Protección contra Incendios en Instalaciones Industriales no es aplicable, pues ha sido derogado.

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